La Sombra De La Inconstitucionalidad Se Cierne Sobre El Nuevo Régimen Fiscal Vigente De Operaciones Vinculadas
En una situación económica presidida por la internacionalización y la apertura de fronteras, su regulación se convierte en un arma muy potente yefectiva para disuadir a los obligados tributarios de deslocalizar rentas, ya sea de forma abusiva, evasiva o “inocentemente”.
Precisamente, las normas sobre precios de transferencia intentan evitarque empresas vinculadas o relacionadas manipulen los precios para aumentar sus costes o deducciones, o disminuyan sus ingresos gravables. Esta idea es la que subyace en el principio internacionalArm’s Length, el cual ha sido adoptado por la mayoría de economías del mundo, y en particular, por los países que integran la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
En España,la regulación de las operaciones vinculadas se encuentra en el artículo 16 de la Ley del Impuesto de Sociedades. Esta regulación es fruto de la Ley 36/2006, de Prevención del Fraude Fiscal, eincorpora mecanismos para reforzar la capacidad de control y actuación de la Administración Tributaria sobre las operaciones vinculadas, y a nivel reglamentario en el Real Decreto 1793/2008, de 3 denoviembre, por el que se modifican e incorporan nuevos preceptos al Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.
Volviendo a la Ley 36/2006, su objetivo ha sido atajar los distintos tipos de fraude fiscal, comoestablece su propia Exposición de Motivos.
Esto choca con la concepción más internacional, reflejada por ejemplo en el artículo 9 del Convenio Tributario Modelo de la OCDE, que concibe la...
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