La suspension del juicio de amparo y la apariencia del buen derecho
Introducción
La doctrina nacional poco se ha ocupado de realizar estudios completos acerca de la teoría general de las medidas cautelares, respecto de las cuales la doctrina y jurisprudencia de los paíseseuropeos en los últimos tiempos han hecho grandes aportaciones. Esto ha sido destacado por el ahora ex ministro de la Suprema Corte de Justicia, don Juventino Castro, quien refiere:
No se puede asegurar que estemos familiarizados con estas providencias, pues su naturaleza y elementos constitutivos no son objeto de interés especial en nuestro país, que en medios jurídicos más acabados que elnuestro se han enriquecido con su experiencia, pero ni la legislación ni la jurisprudencia mexicana se introducen en gran medida en su estructura teórica, como tampoco en el manejo de la mejor doctrina.
A lo anterior hay que agregar que la falta de sistematización de dichas medidas en el ordenamiento jurídico mexicano ha dado lugar a varias confusiones entre medidas cautelares e institucionesprocesales afines, empezando por su denominación, pues en la legislación nacional además del término medidas cautelares se les identifica como medidas precautorias, providencias precautorias, medidas provisiones o providencias cautelares.
Al tratar el tema de las medidas cautelares nos estamos refiriendo a las medidas adoptadas por el órgano jurisdiccional con la finalidad de asegurarprovisionalmente la efectividad práctica de una eventual sentencia estimatoria y evitar que durante la pendencia del proceso se produzcan daños y perjuicios de difícil o imposible reparación.
En México, la materia en que se ha logrado un relativo desarrollo relacionado con las medidas cautelares es en torno a la suspensión del acto reclamado en amparo, en donde el tema ha sido largamente debatido, llegandoen ocasiones distintos tratadistas a adoptar posturas radicales que tratan de descalificar a la corriente de pensamiento contraria.
Sin embargo, las diferencias de criterios en la doctrina nacional subsisten y ello ha influido negativamente en la legislación y jurisprudencia mexicana. El debate doctrinal se ha centrado en tres aspectos relevantes de las medidas cautelares, particularmente encuanto a la suspensión del acto reclamado en amparo se refiere.
El primero atiende a la posibilidad de aplicar al juicio de amparo la apariencia del buen derecho o fumus bonis iuris como requisito o criterio material de decisión para acordar la suspensión; el segundo versa sobre la cuestión de si la suspensión en amparo produce efectos de mera paralización o si también es posible que en algunoscaso anticipe provisionalmente algunos efectos de la sentencia que se pronuncie en el juicio principal; un tercero más radical es el que propiamente niega que a la suspensión en amparo le sean aplicables los principios que la teoría jurídica atribuye a las medidas cautelares.
La apariencia del buen derecho es uno de los criterios que desde hace más de medio siglo se viene utilizando por elderecho comunitario y por la mayoría de los estados miembros de la Comunidad Europea para acordar la suspensión del acto reclamado, mientras que en la doctrina nacional autores como Ignacio Burgoa todavía se preguntan ¿qué se debe de entender por la apariencia del buen derecho?
En efecto, leemos con curiosidad y asombro que Ignacio Burgoa en pleno siglo XXI en una de sus más recientespublicaciones, al criticar el Proyecto de Nueva Ley de Amparo que presentó la Suprema Corte de Justicia al Congreso de la Unión, señala que en dicho proyecto se incluyen expresiones que "_por sí mismas le restan todo valor intelectual_", se refiere concretamente a la apariencia del buen derecho. Así, explica:
_El concepto apariencia tiene estos significados: 1. Aspecto o parecer exterior de una persona o...
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