La Suspension
Registro: 220319
Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: IX, Marzo de 1992
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Pag. 306
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; IX, Marzo de 1992; Pág. 306
SUSPENSION. CASO EN QUE PROCEDE CONTRA RESOLUCIONES DE RECONOCIMIENTO YTITULACION DE BIENES COMUNALES.
Conforme a las disposiciones contenidas en el título cuarto, del capítulo primero, de la Ley Federal de Reforma Agraria, las resoluciones de reconocimiento y titulación de bienes comunales tienen por objeto declarar el derecho que asiste a los núcleos de población sobre la superficie que no presente conflictos de linderos, cuando los terrenos reclamados se encuentrenen posesión de los comuneros, es decir, tales fallos son declarativos y no constitutivos de derechos en favor de las comunidades solicitantes, por lo que a través de los mismos no se les entregan bienes, sino únicamente se les reconocen derechos sobre los que ya tienen en posesión; por consiguiente, tales fallos no se identifican con el concepto de reparto agrario, ya que su finalidad no es ladistribución de tierras, bosques o aguas entre las comunidades con capacidad agraria, pues éstas ya disfrutan de esos bienes y sólo se les reconocen sus derechos y se les otorga el título correspondiente. En consecuencia, si la quejosa reclama que con motivo de una resolución presidencial de esa naturaleza se le pretende desposeer de unos predios de su propiedad para entregarlos al poblado terceroperjudicado, dándose un efecto positivo de ejecución de dicho fallo agrario en contra de la inconforme, una vez demostrado el interés jurídico que le asiste mediante la exhibición de las escrituras correspondientes, así como la existencia de los actos reclamados, procede el otorgamiento de la suspensión definitiva contra tales actos en términos de lo dispuesto por el artículo 124 de la Ley deAmparo, porque con esa medida no se sigue perjuicio al interés social ni se contravienen disposiciones de orden público, pues no tendría como efecto paralizar el reparto agrario.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO
Incidente en revisión 365/91. Amelia Ramírez Valencia. 5 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Valdés García. Secretaria: Patricia Mújica López.Época: Séptima Época
Registro: 237270
Instancia: SEGUNDA SALA
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: 199-204 Tercera Parte
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Pag. 42
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; 199-204 Tercera Parte; Pág. 42
AGRARIO. PEQUEÑAS PROPIEDADES COMPRENDIDAS EN TERRENOS TITULADOS COMO COMUNALES, LOS DUEÑOS O POSEEDORES,PREVIAMENTE AL AMPARO, DEBEN PROMOVER EL PROCEDIMIENTO QUE PREVIENEN LOS ARTICULOS 9 Y 13 DEL REGLAMENTO PARA LA TRAMITACION DE EXPEDIENTES DE CONFIRMACION Y TITULACION DE BIENES COMUNALES.
Los propietarios o poseedores de pequeñas propiedades incluidas dentro del perímetro de terrenos comunales confirmados, quedan comprendidos dentro de lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento para laTramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales, que dispone que las propiedades particulares que existan dentro de los linderos de las tierras reconocidas y tituladas a la comunidad, quedarán excluidas de la confirmación, siempre que los interesados cuenten con títulos debidamente legalizados o se encuentren amparados por lo dispuesto en el artículo 66 del códigoagrario, y concurran a deducir sus derechos ante el departamento de asuntos agrarios y colonización dentro del plazo de cinco años contados a partir de la fecha de ejecución de la resolución relacionada, siendo el procedimiento que deberá seguirse para el reconocimiento de los derechos particulares sobre las tierras incluidas dentro del perímetro reconocido y titulado, el que señalan los artículos...
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