LA TEOR A DE CONJUNTOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
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Jorge Alberto SILVA SILVA
LA TEORÍA DE CONJUNTOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Boletín Mexicano de Derecho Comparado, vol. XLII, núm. 126, septiembre-diciembre, 2009, pp. 1463-1497,
Universidad Nacional Autónoma de México
México
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LA TEORÍA DE CONJUNTOS Y EL DERECHO
INTERNACIONALPRIVADO*
SET THEORY AND PRIVATE INTERNATIONAL LAW
Jorge Alberto SILVA SILVA**
RESUMEN: El autor plantea la posibilidad de recurrir a los modelos de la
teoría de conjuntos para explicar cada
conjunto normativo y sus relaciones
frente a otros. En el desarrollo del artículo presenta una explicación general
de la teoría de conjuntos para facilitar
su conocimiento.
ABSTRACT: The author proposes thepossibility of appealing the models of the set theory to
explain each normative set and his relations
opposite to others. In the article he is presenting a general explanation of the set theory to
facilitate his knowledge.
Palabras clave: Teoría de conjuntos,
incorporación normativa.
Descriptors: Set theory, normative incorporation.
* Artículo recibido el 8 de diciembre de 2008 y aceptado parasu publicación el
26 de mayo de 2009.
** Profesor de Derecho de los conflictos; investigador nacional (Conacyt); presidente de la Asociación Nacional de Profesores de Derecho Internacional Privado
(México). Agradezco la lectura y sugerencias a este trabajo de los profesores Adrián
Rentería, de la Universidad de Insubria (Como, Italia), Gregorio Robles Morchón,
de la Universidad de las IslasBaleares (España), y Rolando Tamayo y Salmorán, de
la Universidad Nacional Autónoma de México. En especial, a este último, con quien
se dio un cierto debate, atestiguado por el doctor Ruperto Patiño Manffer, del cual
no hubo acuerdo final. No obstante, dicha discusión fue enriquecedora, y parte de
los resultados se incorporaron a esta propuesta.
Bo letín Me xica no de De recho Com pa ra do,
nueva serie,año XLII, núm. 126,
septiembre-diciembre de 2009, pp. 1463-1497
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JORGE ALBERTO SILVA SILVA
SUMARIO: I. Introducción. II. Teoría de conjuntos. III. Los ordenamientos
de cada Estado de la comunidad internacional como conjuntos. IV. Coexistencia de ordenamientos jurídicos. V. Unificación de los conjuntos. VI. Relaciones entre conjuntos. VII. Incorporación normativa. VIII. Unión y particiónde conjuntos. IX. Intersección y diferencia de conjuntos. X. Conjunto
vacío. XI. ¿Conjuntos iguales? XII. Conjuntos disjuntos. XIII. Estudio de
los conjuntos normativos. XIV. Proyección del modelo de la teoría de conjuntos en el derecho internacional privado. XV. Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
En el estudio, investigación y aplicación del derecho, los juristas solemos
recurrir a modelos teóricos ya partir de ellos, formular nuestras construcciones. Considerar, por ejemplo, al sistema jurídico como una pirámide, una arborescencia, una producción escalonada, un organismo, reglas del juego, etcétera, nos auxilia a comprender nuestro objeto de
estudio. No es que el derecho sea una pirámide, un árbol con ramas, una
escalera o reglas del juego, más bien se trata de modelos (representacionesabstractas, conceptuales, gráficas) que nos proporcionan un medio
con el cual podemos comprender y desarrollar nuestro objeto de estudio.
La filosofía de la ciencia ha admitido el recurso a modelos y se encuentran prácticamente en todas las ciencias. Con gran frecuencia
nos referimos a modelos, y lo hacemos sin reparar en que estamos
recurriendo a lo que en cierta forma son metáforas o esquemas...
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