la teoria renacentista
Barranquilla, 19 de diciembre de 2013
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA
Entre las partes INGRIS IRIARTE GONZALES, mujer mayor de edad, identificada con la cedula deciudadanía N°.32.711.592 expedida en Barranquilla, domiciliada en esta misma ciudad, en calidad de arrendador (a) y JHON JAIRO DIAZ BLANCO, también mayor de edad, identificado con cedula de ciudadanía N°18.881.043 domiciliado en esta misma ciudad en calidad de arrendador.
1. El inmueble es entregado con todos los servicios públicos domiciliarios agua, energía, gas domiciliarios y otros.Mediante el presente contrato el arrendador se obliga a entregar a la arrendataria el goce del inmuebleubicado en la calle 14A – N°10ª29 apto 2.
2. El arrendatario el señor JHON JAIRO DIAZ BLANCO, se compromete a pagar al arrendador señora INGRIS IRIARTE GONZALEZ, el goce del inmueble y demás elementos queeste contenga.
3. El periodo de pago es mensual y podrá ser incrementado anualmente de acuerdo al porcentaje autorizado por la ley.
4. El arrendatario se compromete a darle el inmueble el uso devivienda familiar y en ningún momento se podrá subarrendar ni darle otro uso diferente al contratado.
5. El arrendatario señor JHON JAIRO DIAZ BLANCO identificado con la cedula de ciudadanía 18.881.043acepta el pago del contrato por periodos mensuales por el valor de CIENTO NOVENTA MIL PESOS M.L ($ 190.000.oo), hasta el último día en que habite el inmueble y se pagaran también fraccionariamente.6. El día de pago de las mensualidades serán los primeros cinco días de cada mes y el no pago cumplidamente dará pie a la terminación del presente contrato.
7. El presente contrato tendrá vigencia apartir del día 27 de diciembre del año 2012 hasta el 27 de diciembre del año 2013, tiempo en el que se exigirá al arrendatario la entrega del bien inmueble.
8. El arrendatario recibe el inmueble en...
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