La Tradicion
Decreto 415/2006
Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.061. Disposiciones transitorias.
Bs. As., 17/4/2006
VISTO el Expediente Nº E-7941-2006 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la Ley Nº 26.061, y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional otorga a la Convenciónsobre los Derechos del Niño jerarquía constitucional integrando el llamado bloque de constitucionalidad federal, lo que implicó un cambio significativo en materia de políticas de protección a la infancia y adolescencia, en virtud del reconocimiento y respeto de sus derechos y garantías.
Que, en ese sentido, se promulgó la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños yAdolescentes con el objeto de promover acciones positivas que tiendan al aseguramiento del goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
Que, asimismo la precitada norma adopta un enfoque integral de las políticas públicas dirigidas a las niñas, niños y adolescentes y sus familias, constituyendo un instrumento legal que convierte enoperativas las disposiciones contenidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, mediante el establecimiento de procedimientos explícitos que las entidades de atención y protección públicas y privadas y los ámbitos judiciales deben respetar.
Que, por lo tanto, el PODER EJECUTIVO NACIONAL considera de gran trascendencia reglamentar la Ley Nº 26.061 a fin de otorgar una dinámica a laestructura normativa que sirva de elemento de integración conforme reglas orientadoras de acciones, y que integre y delimite la interpretación y preserve su unidad sistemática, a fin de que sea plenamente eficaz en la protección integral que el Estado Nacional debe dar a la Niñez y a la Adolescencia.
Que en ese orden de ideas, se propone regular aquellas materias estrictamente necesarias quecontribuyan a la adecuada aplicación de la Ley Nº 26.061.
Que, asimismo las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán disponer todas aquellas medidas u acciones que se estimen necesarias para dar cumplimiento al modelo de políticas públicas en la materia.
Que, el presente decreto no agota el imperativo emanado del artículo 77 de la Ley Nº 26.061 ni las posibilidades de reglamentar la norma.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la que comoAnexo I, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — Disposiciones Transitorias. Los organismos administrativos nacionales, provinciales y locales deberán revisar las normativas que regulan y/o repercuten en el acceso y/o ejercicio de derechos reconocidos a niñas, niños y adolescentes adecuándolas a los postulados contenidos en la ley objeto de reglamentación.
En el plazo deVEINTICUATRO (24) meses contado desde el dictado del presente decreto, se deberá contemplar la continuidad del acceso a las políticas y programas vigentes de quienes se encuentren en la franja etárea de los 18 a 20 años inclusive, a los efectos de garantizar una adecuada transición del régimen establecido por la derogada Ley Nº 10.903 al Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de lasNiñas, Niños y Adolescentes, debiendo respetarles el pleno ejercicio de sus derechos en consonancia con las disposiciones de la Ley Nº 26.061.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. —
Juan C. Nadalich.
Reglamentación Ley Nº 26.061
Anexo I
ARTICULO 1: Sin reglamentar
ARTICULO 2:...
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