la vida
Esa impotencia no es en muchos aspectos infundada. En efecto, es necesario damos cuenta de que hay cuotas de responsabilidad en nuestros constituyentes al establecer un modelo de Poder Judicial insuficiente; igualmente, corresponden cuotas de responsabilidad en el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo como expresiףn de intereses de una mayorםa que ha pretendidocontrolar para sם la Independencia de nuestro Poder Judicial.
En torno a el/o, sostenemos que cualquier reforma del Poder Judicial, de mantenerse en el esquema de un modelo constitucional insuficiente, sףlo conl/evarםa a implantar un sistema de dependencia de nuestra justicia, el/o, por encontrarse sustentada en un modelo que impide la plena autonomםa e independencia, siendo יstas תltimascondiciones las que sin duda alguna, constituyen presupuestos fundamentales para cumplir las condiciones que nuestra democracia exige.
No obstante, si bien la Constituciףn Polםtica de 1979 y la de 1993 les han otorgado a los jueces espacios de poder importantes que les permiten hacer relativamente efectiva la tutela de los ciudadanos en sus conflictos intersubjetivos Y contra el Estado, lo negativo dela situación es que a pesar de estas prerrogativas, el Poder Judicial en su conjunto y como institución, se mostró siempre débil frente a las presiones de otros poderes pertenecientes al Estado y a la sociedad; resultando innegable que pese a los esfuerzos de mejora desplegados por la reciente reforma judicial, no se ha abordado aתn con profundidad la problemבtica que implica la relaciףn deorden polםtico - constitucional al interior del Poder Judicial.
Esta situaciףn, -sin pretender realizar generalizaciones inadecuadas que no es el propףsito de la presente evaluaciףn-, conducirםa a afirmar que al Estado no le interesף solucionar el problema del servicio de la justicia, y el/o por una razףn muy sencilla, esto es, que para quien ostenta el poder no le conviene tener a alguien que locontrole, en buena cuenta, a quien busca siempre una ףptima polםtica de gobierno pero que en realidad no admite controles tal vez por intereses vedados, no le conviene un magistrado justo, honesto y sobre todo independiente ya que el magistrado con estas caracterםsticas, viene a constituir una amenaza porque con su accionar puede detener y oponerse a los atropel/os de un gobierno totalitario,declarar inconstitucional una ley favorable a los intereses del rיgimen, sancionar a cualquier funcionario corrupto sin temor alguno a las represalias, y esencialmente un ataque contra este magistrado, es en realidad, una afrenta hacia el propio pueblo, ya que sףlo el libre ejercicio de
Javier M. Neyra Salazar 149
su función idónea e independiente constituye plena garantía para coadyuvar ala paz social en justicia.
Entonces se hace necesario poner en prבctica las dos expresiones de /a independencia en relaciףn a la actuaciףn de los jueces,la independencia externa que es la independencia de la magistratura entendida corno orden frente a los otros poderes del Estado entiיndase Poder Ejecutivo e, independencia interna que consiste en la independencia del magistrado en su calidadde individuo frente a las jerarquםas internas de la propia organizaciףn judicial, sףlo de este modo y en nuestro entender, se podrב lograr que un Poder Judicial sףlido e independiente pueda afrontar dignamente el proceso de su legitimaciףn democrבtica, de la protecciףn real de los derechos humanos de todos los ciudadanos, del control de la legalidad frente a la arbitrariedad y la valienteoposiciףn al abuso del poder polםtico.
Concluyendo, sostenemos que la legitimidad del Poder Judicial encuentra su sustento en la medida que contribuya al buen funcionamiento de un sistema polםtico-constitucional en donde la propiedad estי orientada a garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales de los ciudadanos; siendo esto asם, es posible mantener la uniformidad y coherencia...
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