La vida
(diciembre 30)
por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder
Público
y en otras entidades prestadoras de servicios.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Creación del sistema de gestión de la calidad. Créase el Sistema de Gestión
de la calidad de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática ytransparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de
calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y
agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de
tales entidades. El sistema de gestión de la calidad adoptará en cada entidad un enfoque
basado en los procesos que se surten alinterior de ella y en las expectativas de los usuarios,
destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico
vigente.
Artículo 2º. Entidades y agentes obligados. El sistema de gestión de la calidad se
desarrollará y se pondrá en funcionamiento en forma obligatoria en los organismos y
entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado por servicios de la RamaEjecutiva del Poder Público del orden Nacional, y en la gestión administrativa necesaria
para el desarrollo de las funciones propias de las demás ramas del Poder Público en el
orden nacional. Así mismo en las Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades que
conforman el Sistema de Seguridad Social Integral de acuerdo con lo definido en la Ley
100 de 1993, y de modo general, en lasempresas y entidades prestadoras de servicios
públicos domiciliarios y no domiciliarios de naturaleza pública o las privadas
concesionarios del Estado.
Parágrafo 1º. La máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de
desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la
Calidad que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.El incumplimiento
de esta disposición será causal de mala conducta.
Parágrafo 2º. Las Asambleas y Concejos podrán disponer la obligatoriedad del
desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad en las entidades de la administración
central y descentralizadas de los departamentos y municipios.
Parágrafo transitorio. Las entidades obligadas a aplicar el Sistema de Gestión de la
Calidad, contaráncon un término máximo de cuatro (4) años a partir de la expedición de la
reglamentación contemplada en el artículo 6 de la presente ley para llevar a cabo su
desarrollo.
Artículo 3º. Características del Sistema. El Sistema se desarrollará de manera integral,
intrínseca, confiable, económica, técnica y particular en cada organización, y será de
obligatorio cumplimiento por parte de todos losfuncionarios de la respectiva entidad y así
garantizar en cada una de sus actuaciones la satisfacción de las necesidades de los usuarios.
Parágrafo. Este Sistema es complementario a los sistemas de control interno y de
desarrollo administrativo establecidos por la Ley 489 de 1998.
El Sistema podrá integrarse al Sistema de Control Interno en cada uno de sus
componentes definidos por elDepartamento Administrativo de la Función Pública, de
acuerdo con las políticas adoptadas por el Presidente de la República.
Artículo 4º. Requisitos para su implementación. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en
la presente ley, las entidades deben como mínimo:
a) Identificar cuáles son sus usuarios, destinatarios o beneficiarios de los servicios que
presta o de las funciones que cumple; losproveedores de insumos para su funcionamiento;
y determinar claramente su estructura interna, sus empleados y principales funciones;
b) Obtener información de los usuarios, destinatarios o beneficiarios acerca de las
necesidades y expectativas relacionadas con la prestación de los servicios o cumplimiento
de las funciones a cargo de la entidad, y la calidad de los mismos;
c) Identificar y...
Regístrate para leer el documento completo.