La Vida
DERECHO A LAS PRESTACIONES. <Ver Notas del Edotor> <Apartes tachados INEXEQUIBLES> Todo afiliado al SistemaGeneral de Riesgos Profesionales que, en los términos del presente decreto, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera,tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas contenidas en este capítulo.
CAPITULO V.
PRESTACIONES
CAPITULO V.PRESTACIONES
CLASIFICACION. La clasificación se determina por el empleador y la entidad administradora de riesgos profesionales al momento de la afiliación.
CLASIFICACION. La clasificación se determina porel empleador y la entidad administradora de riesgos profesionales al momento de la afiliación.
CAPITULO IV.
CLASIFICACION
CAPITULO IV.
CLASIFICACION
CAPITULO III.
AFILIACION Y COTIZACIONESAL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
CAPITULO III.
AFILIACION Y COTIZACIONES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
RIESGOS PROFESIONALES. Son Riesgos Profesionales el accidente quese produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.
RIESGOS PROFESIONALES. Son RiesgosProfesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.
DEFINICION. El...
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