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DEMANDANTE : SERGIO HERNÁN DEDIOS MIMBELA
DEMANDADA : SUSANA DEL CARMEN SOGOVIA TRAUCO
MATERIA : TENENCIA
AUTO DE VISTA
Resolución número 05
Piura, 08 de abril de 2013
I. ASUNTO:
Recurso de apelación interpuesto por Sergio Hernán Dedios Mimbela, contra la resolución número 04, su fecha 04 de enero de 2013, la misma queresuelve otorgar la tenencia provisional de la menor Victoria Dedios Segovia a favor de su madre Susana del Carmen Segovia Trauco y ordena que don Sergio Hernán Dedios Segovia cumpla con entregar a la menor dentro del término de veinticuatro horas, horas bajo apercibimiento.
II. ANTECEDENTES
Mediante auto contenido en la resolución número 04, de fecha 04 de enero de 2013, que correde fojas 486 a 490 del presente cuaderno, el Primer Juzgado de Familia de Piura, resuelve otorgar la tenencia provisional de la menor Victoria Dedios Segovia, a favor de su señora madre Susana del Carmen Segovia Trauco; en consecuencia, se ordena que don Sergio Hernán Dedios Mimbela cumpla con entregar a la menor en referencia a su señora madre Susana del Carmen Segovia Trauco en el término deveinticuatro horas, bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia y resistencia a la autoridad en caso de incumplimiento.
III. AGRAVIOS
El recurrente alega que la resolución emitida contiene la continuación y culminación de la parcialización del proceso, iniciado con el dictamen del Ministerio Público y que se le causa agravio a la menor y al recurrente, al romper la relaciónhija – padre, que se ha conllevado desde su nacimiento hasta la fecha, y que el Informe de Pericia Psicológica N° 431, efectuada a la menor por doña Acela Ballesteros Gonzáles, amiga íntima y promoción de estudios de la demandante Susana del Carmen Segovia Trauco, se ha dado en forma parcializada y tergiversada, ya que la misma ha sido manipulada por la profesional para que se exprese contrariedaden sus expresiones, negándolas luego de haberlas afirmado, y resaltando aparente mayor preferencia y amor a su madre, por lo que se debió disponer nueva pericia de evaluación psicológica, por un profesional independiente y justo.
IV. FUNDAMENTOS
1. El recurso de apelación tiene por objeto que el órgano jurisdiccional superior examine, a solicitud de parte o de tercero legitimado, laresolución que les produzca agravio, con el propósito de que sea anulada o revocada, total o parcialmente.
Dentro de dicho objeto, el órgano jurisdiccional superior no puede modificar la resolución impugnada en perjuicio del apelante, salvo que la otra parte también haya apelado o se haya adherido; y, cuando la apelación es de un auto, la competencia del superior sólo alcanza a éste y a sutramitación, de conformidad con los artículos 364° y 370º del Código Procesal Civil.
2. Cuando se trata de procesos en los que se discute los intereses de un menor, como en el presente caso, el ordenamiento jurídico dispone que los jueces deben resolver teniendo en consideración el “principio del interés superior del niño”, recogido en el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños yAdolescentes, el cual privilegia la protección del menor ante intereses en conflicto; esto es, que ante cualquier discusión los derechos de los niños deben primar sobre los intereses de terceros. Ahora bien, los Jueces, al aplicar este principio, deben otorgar prioridad a los derechos humanos del niño, es por ello que al resolver un conflicto de esta naturaleza la decisión adoptada deberá asegurar queel menor goce de una protección especial, disponiendo de oportunidades y servicios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad, gozar de una alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados, gozar del amor y la comprensión, debiendo crecer al amparo y bajo la responsabilidad...
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