Laboral Procedimiento
1.- Demanda
Si se hace mal:
Actor es el trabajador Se admite y se le suple la deficiencia xq el Dx del trabajo es a favor de la clase trabajadora.
Actor es el patrón Se admite y se dicta auto de requerimiento para q subsane los errores. En materia laboral no hay auto de des echamiento. Ej. Si la demanda viene sin firma se considera 1 omisión y xlo tanto se le requiere.
Si se promueve ante una autoridad incompetenteSe dicta auto de incompetencia y se remiten los autos a la autoridad competente.
Si cumple con todos los requisitos Se dicta auto de inicio (se notifica al actor y se emplaza al patrón)
2.- Auto de inicio señala:
Fecha para audiencia única (Audiencia Trifásica):
Audiencia de Conciliación
Demanda yexcepciones
Ofrecimiento y admisión de pruebas
3.- Desahogo de pruebas
4.- Alegatos
5.- Cierre de instrucción
6.- Laudo
870.- Las disposiciones de este Capítulo rigen la tramitación y resolución de los conflictos individuales y colectivos de naturaleza jca q no tengan una tramitación especial en esta Ley.
871.- El procedimiento se iniciará con la presentación del escrito de demanda, antela Oficialía de Partes o la Unidad Receptora de la Junta competente, la cual lo turnará al Pleno o a la Junta Especial q corresponda, el mismo día antes de q concluyan las labores de la Junta.
JLCA
Representante del trabajador Presidente Representante del patrón
Secretario General Oficialía de PartesJunta Especial 1 Junta Especial2 Junta Especial3 Junta Especial 4
RT Presidente RP
Auxiliar de Junta
Secretario de acuerdos
Actuario
872.- REQUISITOS DE LA DEMANDA:
Se formulará x escrito
Acompañando tantas copias de la misma, como demandados haya.
Puede acompañar las pruebas q considerepertinentes, para demostrar sus pretensiones.
Se promueve ante los C. Miembros de la Junta
CONTENIDO DE LA DEMANDA
Autoridad competente
Nombre del promovente
Domicilio para recibir notificaciones
Vía
Nombre o domicilio del patrón o demandado
Acción ppal (prestaciones)
Hechos (Fecha ingreso, categoría, salario, jornada y circunstancias de tiempo, modo, tiempo y lugar del despido) Dxs
Puntos petitorios
Protesto y firma
Lugar y fecha
X dx propio es cuando tiene capacidad de ejercicio
AUTO DE INICIO (873)
El Pleno o la Junta Especial, dentro de las 24 hrs sig, contadas a partir del momento en q reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el q señalará día y hra para la celebración de la AC DE y OAP.
La audiencia db efectuarse dentro delos 15 días sig al en q se haya recibido el escrito de demanda.
Se ordenará se notifique 웃lmente a las partes, con 10 días de anticipación a la audiencia cuando menos
Entregando al demandado copia cotejada de la demanda
Ordenando se notifique a las partes con apercibimiento al demandado:
De tenerlo x inconforme con todo arreglo
X contestada la demanda en sentido afirmativo y X perdido el dx de ofrecer pruebas, si no concurre a la audiencia.
Cuando el actor sea el trabajador o sus beneficiarios, la Junta en caso de q notare alguna irregularidad en el escrito de demanda o q estuviera ejercitando acciones vsdictorias, al admitir la demanda le señalara los defectos u omisiones en q haya incurrido y lo prevendrá para q los subsane dentro de un término de 3 días (autode requerimiento)
Se admite
Ordena notificar, correr traslado y emplazar
Fecha para audiencia trifásica
Si no concurren a:
Audiencia de conciliación se les tiene x inconformes
Audiencia D y E al demandado se le declara confeso
EPA pierden el dx a ofrecerlas
JURISPRUDENCIAS
Demanda Laboral. La JCA db mandar prevenir al actor para q la corrija y aclare...
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