Laboral

Páginas: 42 (10315 palabras) Publicado: 29 de junio de 2011
Registro No. 19012
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo: XXII, Agosto de 2005
Página: 678
Tema: RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR REDUCCIÓN DEL SALARIO, NO ES NECESARIO QUE SE DEMUESTRE QUE SE EFECTUARON GESTIONES PARA OBTENER EL PAGO CORRECTO. BASTA CON QUE SE ACREDITE LA EXISTENCIA DE SU REDUCCIÓN.CONTRADICCIÓN DE TESIS 79/2005-SS. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

MINISTRO PONENTE: GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL.
SECRETARIO: JAVIER ARNAUD VIÑAS.

México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,correspondiente al día diecisiete de junio de dos mil cinco.

VISTOS; para resolver, la contradicción de tesis 79/2005-SS, entre las sustentadas por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo AD. 9116/2001, y el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, al resolver el AD. 92/2005 y,RESULTANDO:

PRIMERO. Mediante oficio 307/2005, de cuatro de mayo de dos mil cinco, recibido en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el día diez siguiente, los Magistrados integrantes del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, denunciaron la posible contradicción de tesis entre el criteriosustentado por ese órgano jurisdiccional, al fallar el juicio de amparo directo 92/2005, y el sostenido por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 9116/2001.

Ese oficio es del tenor siguiente:

"Por este conducto, con fundamento en los artículos 197-A de la Ley de Amparo y 21, fracción VIII, de la Ley Orgánica del PoderJudicial de la Federación, con el presente, me permito remitir a usted testimonio consistente en 39 fojas útiles, debidamente foliadas y selladas, de la ejecutoria pronunciada por el Tribunal Colegiado que presido, correspondiente a la sesión de tres de marzo de dos mil cinco, dentro del juicio de amparo directo 92/2005 laboral, promovido por Anell Yuliana Sánchez Camacho y otros, en contra del laudode veintinueve de noviembre de dos mil cuatro de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado con residencia en esta ciudad, dictado en el juicio laboral 272/2/2003, donde se ejercitó diversas acciones en contra de la empresa denominada ‘Selectroama’, Sociedad Anónima de Capital Variable (conocida comercialmente como ‘Boutique Locura’) y otros.

"Lo anterior, aefecto de denunciar la posible contradicción de tesis entre las sustentadas por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito y este Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, pues en la primera sostuvo, en síntesis, que para ser procedente la rescisión de un contrato de trabajo por reducción del salario, se requiere que eltrabajador demuestre, además de esas circunstancias, que realizó las gestiones pertinentes para lograr su pago correcto y que el patrón se negó a efectuarlo, y si no se prueba que así se hizo, resulta improcedente la mencionada rescisión; ello, de acuerdo a la interpretación que realiza al artículo 51, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, de la cual se aduce que la circunstancia relatada secontiene como presupuesto básico en el dispositivo legal citado.

"En cambio, este órgano de control constitucional estima que en tratándose de la rescisión de la relación laboral por reducción de salario, no es exacto considerar que para que opere la rescisión de mérito, sea necesario demostrar otra cosa más que la existencia de los descuentos indebidos; de ahí que, resulta inadmisible el que la...
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