Laboral

Páginas: 10 (2486 palabras) Publicado: 2 de julio de 2012
La Acción Laboral en materia de accidentes, enfermedades o infortunios laborales. Nacimiento y Prescripción.

Sala de Casación Social hace distinción entre el momento en que nace para el trabajador el derecho para exigir las indemnizaciones laborales en materia de accidente o infortunios laborales y la oportunidad en la que comienza a computarse el lapso de prescripción de este tipo dereclamaciones. (Caso: RAFAEL SEGUNDO VERA MORILLO vs COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A, Sentencia No 962 de fecha 9 de Agosto de 2010).

De conformidad con el ordinal 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, delata el formalizante la violación por parte de la Alzada del artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo del año 2005, al incurrir enerror de interpretación acerca de su contenido y Alcance

"En efecto, aunque el accidente sufrido por el actor ocurrió el 25/06/2004 y en principio el lapso de prescripción aplicable era para aquella época el de 2 años contemplado por el artículo 62 de la Ley Orgánica del Trabajo, como quiera que antes de que dicho lapso feneciera el referido artículo quedó tácitamente derogado (como lointerpretó esta Sala mediante sentencia N° 1.016 del 30/06/2008) por el artículo 9 de la LOPCYMAT de 2005 que amplió el lapso de prescripción a 5 años y modificó el momento a partir del cual se iniciaba el cómputo de la prescripción, la recurrida consideró acertadamente que en el presente caso resultaba aplicable el lapso de prescripción de 5 años previsto en el artículo 9 de la LOPCYMAT de 2005. Sinembargo, tras expresar también acertadamente que en la actualidad y en virtud de dicha norma los infortunios laborales prescriben a los 5 años contados desde la fecha de terminación de la relación laboral o de la certificación del origen ocupacional del accidente o enfermedad, lo que ocurra de último la recurrida desvió el verdadero sentido y alcance de la norma que se delata infringida por erróneainterpretación, al aseverar no solo que deben haberse materializado los dos supuestos previstos en el artículo 9 de la LOPCYMAT de 2005 para que pueda iniciarse el cómputo del lapso de prescripción, (lo cual es cierto...sino concluyendo además en forma por demás errónea desviando el sentido y alcance de la norma, que si no se han materializado ambos supuestos, 'para el trabajador se encuentra vedadala posibilidad de demandar según su voluntad cuando se ha producido sólo uno de los supuestos' y que 'las acciones para reclamar las respectivas indemnizaciones nacen para el actor cuando se han materializado ambos acontecimientos', con lo cual confunde el inicio de la prescripción como modo de extinción de las obligaciones con el nacimiento de la acción del demandante...Pero además, yerratambién la recurrida cuando afirma que si bien el cumplimiento del último de los supuestos previstos en el artículo 9 de la LOPCYMAT de 2005 para el inicio del lapso de prescripción se convierte (por aplicación de lo dispuesto por el artículo 1.965, numeral 5, del Código Civil), en una condición que conlleva a la suspensión de la prescripción hasta tanto se verifique dicha condición, es decir, hastatanto se cumpla el último de los supuestos allí previstos, concluye desviando el sentido y alcance del artículo 9 de la LOPCYMAT de 2005 que 'la finalización de la relación laboral ha pasado a ser un requisito indispensable para que el trabajador pueda reclamar las indemnizaciones por infortunios laborales, con prescindencia que la certificación del infortunio se haya obtenido con anterioridad o conposterioridad a aquella...' expresando finalmente que al actor '...no le ha nacido el derecho a demandar las indemnizaciones por el accidente sufrido por cuanto no se encuentran cumplidos los extremos del artículo 9 con lo cual confunde la recurrida lo que es el cumplimiento de una condición para el inicio del lapso de prescripción de las acciones provenientes de los infortunios laborales, con...
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