Laboral

Páginas: 96 (23785 palabras) Publicado: 21 de julio de 2012
5/ES/MC/FC/2

Madrid, 11 de mayo de 2012

Borrador de Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. ___________________________________________________________________________ Los cambios experimentados por el mercado de transporte terrestre de viajeros y mercancías, tanto en el ámbito nacional como en el de la Unión Europea, han aconsejadollevar a cabo una revisión completa del contenido de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (en adelante LOTT), originalmente aprobado en el año 1987. Los criterios seguidos en esta revisión han venido marcados por la conveniencia de mantener el máximo rigor en la condiciones de acceso al mercado de transporte, en la línea marcada por la reglamentación de la Unión Europea, y,paralelamente, por la de dotar de la mayor capacidad de autogestión a las empresas que intervienen en dicho mercado. A tal efecto, se incorporan al texto de la LOTT las nuevas exigencias introducidas por el Reglamento (CE) 1071/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio dela profesión de transportista por carretera, en relación con el cumplimiento de los requisitos de establecimiento, competencia profesional, capacidad financiera y honorabilidad de las empresas. En materia de transporte internacional, se ha optado, básicamente, por remitir a las reglas contenidas en los Reglamentos (CE) 1072/2009 y 1073/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos de 21 deoctubre de 2009, por los que, respectivamente, se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera y al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses, así como a las que, en su caso, resulten de aplicación de los convenios internacionales suscritos por España. Cabe destacar alguna modificación especialmente significativa enrelación con determinadas formas de transporte. Así, se adapta el régimen de gestión de los transportes públicos regulares de viajeros de uso general por carretera y ferrocarril a las reglas contenidas en el Reglamento (CE) 1370/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera. Se articulan yarmonizan, además, las reglas específicas propias de este régimen con la legislación general sobre contratos del sector público, reforzando el carácter contractual de la relación entre el gestor del servicio y la Administración titular de éste. En relación con otra materia totalmente distinta, puede significarse el encuadramiento definitivo de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductorcomo una modalidad concreta de transporte discrecional de viajeros en vehículos de turismo, a la que, en consecuencia, le son de aplicación todas las reglas referidas a la actividad de transporte y no las señaladas para las actividades meramente auxiliares y complementarias del transporte, como sería el caso del arrendamiento de vehículos sin conductor, con el que poco o nada tiene que ver. Porfin, se redefinen las distintas actividades auxiliares y complementarias del transporte de mercancías para adecuarlas a la realidad actual del mercado, incluyendo la figura del operador logístico, anteriormente no prevista en la LOTT.

En el ámbito mercantil, se consagran los principios de libertad de contratación y de explotación de las actividades de transporte a riesgo y ventura delempresario, salvo que se trate de servicios públicos de transporte de viajeros de titularidad de la Administración, y se refuerza la capacidad de actuación de las Juntas Arbitrales del Transporte. Se reducen barreras operativas liberalizando plenamente la intermediación en la contratación de transportes de viajeros, sin perjuicio de la regulación de las agencias de viajes en el ámbito turístico, y se...
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