laboral
LAS EXCEPCIONES son los medios defensa que tiene el demandado para mejorar o sanear el procedimiento o para atacar el derecho pretendido.
Así como el demandante hace su ataque através de la acción, el demandado se defiende a través de las excepciones.
Las excepciones deben ser declaradas de oficio por el juez, salvo las de PRESCRIPCIÓN, COMPENSACIÓN Y NULIDAD RELATIVA,toda vez que éstas necesariamente deben ser alegadas por el demandado, so pena de entenderse que ha renunciado a ellas.
CLASIFICACIÓN DE LAS EXCEPCIONES. Las excepciones en materia laboral seclasifican en previas o dilatorias y de fondo o perentorias.
1. EXCEPCIONES PREVIAS O DILATORIAS. Son aquellas encaminadas a atacar el procedimiento y su formulación propende por el mejoramiento de éste,de suerte que puede llegar a suspender o terminar el proceso.
Conforme al artículo 97 del Código de Procedimiento Civil, se pueden proponer las siguientes excepciones previas:
a) Falta dejurisdicción.
Falta de competencia.
Cláusula compromisoria o compromiso.
Inexistencia del demandante o del demandado.
Incapacidad o indebida representación del demandante o deldemandado.
No haberse presentado prueba de la calidad de heredero, cónyuge, curador de bienes, administrador de comunidad, albacea y en general de la calidad en que actúe el demandante o se cite aldemandado.
Ineptitud de la demanda por falta de los requisitos formales o por indebida acumulación de pretensiones.
Habérsele dado a la demanda el trámite de un proceso diferente al quecorresponde.
No comprender la demanda a todos los litisconsortes necesarios.
Pleito pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo asunto.
No haberse ordenado la citación de otraspersonas que la ley dispone citar.
Haberse notificado la admisión de la demanda a persona distinta de la que fue demandada.
En el trámite de un proceso ordinario de primera (1ª) instancia,...
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