Laboral
Primeraindemnización : Número de días trabajados - dividido 9 - suma 5 - multiplica por el salario y se divide por 30 .
Indemnización Indefinido
Más de 10 salarios número de díastrabajados por 15 dividido en 360 más 5 o número de días trabajado dividido en 24
Por año :
+5 40( antes del 26 de diciembre de 92 )
+10 20 ( menos de 10 salarios mínimos )
+515 ( más de 10 salarios mínimos )
Cuando es por obra se tienen dos formas de liquidar, la primera por un perito esto es cuando la obra no ha terminado , cuando ya término la obray se sabe al fecha se pide la indemnización desde el día en que lo echaron.
Hay otra indemnización art. 65 del código y es la indemnización moratoria.
desde la fecha determinación del contrato se tiene que mirar el pago de las prestaciones sociales , lo que no pago los salarios o las prestaciones sociales a la terminación del contrato.
Lo máximo que sepuede. Liquidar es a los 24 meses después de estos no se puede lo único que se prolonga los 24 meses es cuando son trabajadores con salario mínimo . Ley 789 2002
Cesantías : nose pueden hacer anticipos de las cesantías sin embargo la ley estableció que se pueden hacer pagos parciales cuando es para vivienda propia , hipoteca.
Art. 65 se debe dar la malafe del empleador para perjudicar al trabajador.
Estudio frente a la nueva ley de protección del cesante, se generan nuevos mecanismo de proteger al trabajador cuando quedancesante ¿cuales son los mecanismos que hay ?
Para el próximo lunes
Mora
Desde le o día que término el contrato o desde el día siguiente a la terminación del contrato
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