Laboral
Cambio de lugar de trabajo Alteración de la jornada laboral
Cambio de labores o prestaciones laborales que impliquen un cambio en la categoría de trabajo.-
Alteración de la remuneración pactada o de convenio
Se considera queesta facultad deriva del derecho del empleador de organizar y dirigir el trabajo de sus trabajadores. El límite a la aplicación del ius variandi es un triple filtro enmarcado por: a) razonabilidad (queno sea arbitraria); b) funcionalidad (que obedezca a un motivo atendible); y c) indemnidad del trabajador (que no le provoque menoscabo patrimonial o moral, o que le ocasione un perjuicio material quele sea adecuadamente compensado).
Algunas legislaciones distinguen la situación del trabajador según tenga una imposibilidad absoluta o relativa a aceptar el cambio en las condiciones de trabajo.La imposibilidad es absoluta cuando por la naturaleza, gravedad o extensión de los perjuicios que se le ocasionan no puede ser obligado a aceptarlo (por ejemplo, el cambio de horario o de lugar detrabajo que le impedirían continuar los estudios que está realizando). La imposibilidad es relativa cuando el empleador puede compensar el perjuicio ocasionado (por ejemplo, pagarle un mayor gasto en eltransporte desde su casa hasta el trabajo ocasionado por el cambio de lugar de trabajo), en cuyo caso el trabajador debe aceptar el cambio si el empleador se aviene a compensarle el perjuicio.Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Ius_variandi"
Ahi con eso te contesto lo q dice nuestra ley sobre los "cambios" en el laburo, si te perjudican no pueden despedirte sin pagarte
Sobre elpunto 2, te cuento q los derechos del trabajador son irrenunciables, o sea que vos tenes que reclamar todo lo que te corresponda y de ninguna manera te pueden echar con causa, pero lo que si es...
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