laboral
Lunes, 28 de Abril de 2014 13:30
COMUNICADO-691
• Notoria, la exclusión de la clase patronal de la suplencia de la queja, destaca la senadoraVerónica Martínez Espinoza
• Plantea armonizar este principio de acuerdo con el artículo 1 de la Constitución
La senadora María Verónica Martínez Espinoza propuso modificar la Ley de Amparo paraarmonizar el principio de la suplencia de la queja en el juicio de protección constitucional, conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Constitución.
La legisladora del Partido RevolucionarioInstitucional destacó que las garantías del procedimiento tienen una razón de ser, no en argumentos formales, sino en garantías sustanciales en las cuales subyace uno de los derechos más importantes: eldebido proceso.
Al presentar la iniciativa, mencionó que el principio de la igualdad de partes significa que la condición de cada una de ellas debe tener un contenido equivalente, es decir, que nopueden diferir en sustancia los deberes y derechos de una parte y otra.
Sin embargo, agregó, es sumamente notoria la exclusión de la clase patronal de la suplencia de la queja aun en aquelloscasos en que se trate de una violación manifiesta de la ley, sin que se perciba una explicación lógica que justifique esa medida.
Dijo que la Ley Federal del Trabajo contiene normas que imponenobligaciones procesales y formales a las partes, con las consecuencias legales que su incumplimiento les pueden generar, como el reclamo de prestaciones de manera extemporánea frente a la posible excepciónde prescripción.
Pero la ley también impone obligaciones a las autoridades para tramitar un juicio laboral siguiendo ciertos lineamientos que no están sujetos a que las personas tengan que hacergestión alguna para que las cumplan, por lo que basta con que cualquiera de los interesados, patrón o trabajador, las detecten y hagan valer en amparo la violación respectiva.
“De ahí que no se...
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