LABORAL
JURISPRUDENCIA LABORAL
COMENTARIOS Y ANOTACIONES
¿Puede iniciarse el plazo de la prescripción laboral desde la
fecha de la notificación dela resolución judicial que desestima
la impugnación de un despido? ¿O debe de contabilizarse
desde la fecha de la extinción del vínculo laboral?
Tania Gina Vilcapoma Yuli (*)
EXP. N°3072-2006-PA/TC
Demandantes
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Demandado
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Materia
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Fecha de Res.
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Fecha de publicación :
Pronunciamiento :
Base legal
:
Sixto Guillermo Ludeña Luque
Tercera SalaLaboral de la Corte Superior de Justicia de Lima
Amparo, prescripción laboral
27/02/2008
04/09/2008 (Portal web del Tribunal Constitucional)
Fundada
Constitución Política del Perú: Artículo24º.artículo 2° inciso 1
Ley Procesal del Trabajo
Ley N° 27321
D.S. Nº 001-97-TR: Artículo 1°
Reseña:
En este proceso el recurrente presenta la demanda constitucional de amparo contra la
Tercera SalaLaboral de la Corte Superior de Justicia de de Lima y contra el Juez del 19
Juzgado Laboral de Lima, aduciendo que se ha lesionado su derecho al debido proceso.
El objeto de la demanda es que sedeje sin efecto la resolución que declaró fundada
la excepción de prescripción sobre el proceso sobre beneficios sociales seguido por el
señor Ludeña Luque contra la Universidad Ricardo Palma.
Losmagistrados del Tribunal Constitucional declaran fundada la demanda porque señalan que en aplicación del principio de interpretación de la norma más favorable al
trabajador, el plazo de prescripciónde 4 años establecido por la Ley N° 27321 debe
computarse a partir de la notificación al actor de la resolución de fecha 14 de noviembre de 2000, y no desde la fecha del cese del mismo, ya que enamparo del artículo
24º de la Carta Política del Estado, afirman que el pago de la remuneración y de los
beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del...
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