Laboral
CURSO:
Análisis Económico de Derecho
PROFESOR:
Dr. Luis Mállap Barba
TEMA:
- Escuela de Chicago.
- Escuela del Neo institucionalismo.
INTEGRANTES:
- López Abanto, Francisco
- Ramos Montenegro, Melissa Yessenia
- Goicochea Ortiz, Luz Magain
- ChávezBoy, Jonathan
CAJAMARCA – 2012
INTRODUCCIÓN
Si bien es cierto que los académicos de la escuela de Chicago han escrito sobre temas tan diversos como libre competencia, derecho de familia, derecho tributario, derecho comercial y discriminación racial el núcleo central de sus investigaciones es el análisis económico del Common law que incluye las áreas de responsabilidadextracontractual, contratos y propiedad. Para estos académicos las preguntas jurídicas más interesantes surgen a partir de un número reducido de situaciones de intercambio negociado.
De acuerdo a esta escuela, los abogados economistas deberían estudiar estas situaciones de intercambio negociado y no las transacciones que ocurren más comúnmente en el mercado, por cuanto los mercados generalmente se hacen cargode sí mismos.
La política filosófica de los Chicagos combina un utilitarismo o una ética de la maximización de la riqueza con una creencia en el valor independiente del individualismo y de la libre elección. Su programa político está basado en el apoyo al capitalista y en la creencia que el Estado debe hacer poco más que definir y mantener los derechos de propiedad privada, dar cumplimientoforzado a los contratos privados y preservar el orden externo e interno.
Este trabajo acepta el énfasis de Chicago en la responsabilidad extracontractual, en los contratos y en los derechos de propiedad, pero carece del carácter conservador. A pesar de ello, esta línea de investigación ha aceptado el énfasis de los Chicagos en las transacciones individuales y no en los mercados, y si bien reconocela intervención estatal, de todas maneras ha terminado analizando principalmente las reglas creadas por los tribunales en vez de las reglas de legisladores y órganos administrativos.
LA ESCUELA DE CHICAGO DE AED
Parte de un supuesto básico: el sistema del derecho común se puede interpretar como un esfuerzo para promover la eficiencia económica. El argumento, como lo explica Posner, no esque toda doctrina y toda decisión del derecho común sean eficientes, sino que “los grandes campos del derecho común de la propiedad, los daños, los delitos y los contratos, tienen el sello del razonamiento económico”. Es decir, muchas doctrinas e instituciones del derecho común se entienden mejor como esfuerzos para promover la asignación eficiente de recursos. El AED encuentra una relación claraentre el derecho y el mercado, una relación positiva y eficiente que maximiza el bienestar. La eficiencia y el cálculo económico son la preocupación central de esta escuela, y estos criterios son el marco para analizar y evaluar las instituciones jurídicas y los fallos judiciales.
El juez, según Posner, es un individuo que maximiza utilidades, y como argumenta en su artículo “What do JudgesMaximize” (1993), jueces como el mismo Posner obtienen utilidad de su labor judicial porque consiguen popularidad y prestigio, llaman la atención sobre el interés general y evitan que sus fallos sean revocados por instancias superiores. Los individuos también buscan maximizar los beneficios, y cuando califican de injusta o inmoral la condena de una persona sin someterla a juicio o una expropiaciónsin indemnización justa, lo que quieren afirmar en el fondo es que ese comportamiento desperdicia recursos; en suma, para Posner, el desperdicio en un mundo de recursos escasos se debe considerar inmoral. Los jueces y los abogados “no pueden omitir el futuro”; en su análisis deben incluir la previsión de las consecuencias de sus actuaciones sobre la asignación de recursos.
Son muchas las...
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