Lagrimas de sangre
Así lo establece la ley 1273 de enero de 2009, sancionada por el presidente Álvaro Uribe,por medio de la cual se modifica el Código Penal y se crea un nuevo bien jurídico denominado ‘De la protección de la información y de los datos’.
Estas penas de prisión serán impuestas quienes, “conobjeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes”.
También recibirán multas de 100 a1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.
En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resoluciónde nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP (Protocolo de Internet) diferente, en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza.
Con estanueva ley se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.
En su primer capítulo, la norma dicta medidas penalesde los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos.
Algunas de estas medidas son:
* Acceso abusivo a un sistemainformático. El que sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en aparte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de lavoluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de 48 a 96 meses, y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
* Obstaculizaciónilegítima de sistema informático o red de telecomunicación. El que sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos allí...
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