Laicismo
Leticia Salomón
Hay tres aspectos centrales que pueden orientar un proceso de reflexión sobre un tema como éste,
de difícil comprensión y complicada argumentación, y ellos son: 1) Lo público y lo privado, 2) El
respeto a los que piensan diferente y 3) La religión y los límites de los derechos religiosos. Veámoslos con más detalle:
1.
Lo público y lo privado
Lo privado es el ámbito en el que los ciudadanos desarrollan sus vidas con los principios, normas,
creencias y actitudes que les fueron transmitidos de una generación a otra, o que fueron adquiridos
por influencias culturales de otras sociedades o personas. En ese ámbito, todo ciudadano tiene el derecho a practicar una u otra religión, o ninguna, tener sus preferencias partidarias o no tenerlas,
inclusive, tener sus propias preferencias sexuales, sin que nadie interfiera en ellas. El Estado tiene la
obligación de asegurar que esos derechos sean respetados, manteniendo la debida distancia de
todas las religiones para asegurar que ninguna tendrá privilegios sobre las otras y que ninguna será perseguida por ninguna persona, grupo o institución.
Lo público es el espacio en donde conviven personas con diferentes preferencias religiosas,
partidarias o sexuales, es decir, es el espacio en donde coexisten múltiples mundos privados. El
papel del Estado es garantizar la convivencia armónica de todos, sin que las prácticas privadas de unos, afecten las prácticas privadas de otros; de ahí la importancia de que el Estado sea laico, como
el nuestro, pues de esa manera garantiza la existencia de una pluralidad de religiones y asegura el
derecho de todos a profesar una, otra o ninguna. En el espacio público, que pertenece a todos, no
deben realizarse prácticas privadas de un grupo (pequeño o grande) que incomoden o afecten a un solo ciudadano que discrepe, porque están invadiendo un espacio que también es suyo (el espacio
público). Un profesor que hace una invocación a Dios en el aula de clase, está violando un espacio
público, al igual que un ministro, un fiscal, un juez, un rector o un decano que hace lo mismo al
iniciar un acto oficial. Ese acto religioso es un acto privado que se impone a las otras personas, que pueden pertenecer a otra religión o a ninguna y se ven obligadas a aceptar la imposición del acto
porque proviene de una autoridad. Con las distancias del caso, algo muy parecido al delito de acoso
sexual, que se impone a una persona, hombre o mujer, porque viene de alguien con autoridad.
2.
El respeto a los que piensan diferente
La tolerancia es un valor esencial de la democracia que significa respeto a los que son o piensan diferente. Ser tolerante es aceptar que existe una pluralidad de opciones y que ninguna es superior a
la otra, lo que significa que una opción no puede tener privilegios que se le niegan a las demás
opciones. Por ejemplo, cuando en una institución (la Policía, un cuartel o una universidad pública) se
construye una iglesia, de cualquier denominación, para oficiar actos de una religión determinada, se
está afectando a las demás denominaciones religiosas que según el registro de la Secretaría de
Gobernación asciende ¡a más de 1300!, pero, además, se afecta a las personas que no profesan
ninguna opción religiosa porque el espacio público también es de ellos.
De la misma manera que un presidente deja de ser el candidato de su partido y se convierte en el
presidente de todos los hondureños (su opción partidaria queda subordinada a su condición
suprapartidaria, al igual que su opción religiosa), un rector, vicerrector, decano, director o profesor,
tiene que guardar para su mundo privado sus prácticas religiosas y garantizarle a todos que el
espacio público y en particular el espacio científico de ...
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