Las contribuciones parafiscales como gasto
Pregunta
¿Las Erogaciones con Motivo de la cancelación de las contribuciones sociales obligatorias deben ser consideradas un gasto?Respuesta
Si, las erogaciones con motivo de la cancelación de las contribuciones sociales obligatorias deben ser consideradas un gasto y no un costo, la definición de costo según el glosario detributos internos del Seniat define al costo como las erogaciones que efectúa el contribuyente durante un ejercicio fiscal para adquirir, producir un bien, o para la prestación de algún servicio delcual se obtendrá una utilidad o enriquecimiento.
Estas contribuciones no se realizan con el fin de generar la renta o utilidad, son erogaciones de carácter obligatorio establecidas por ley en lacual se especifica su método de cálculo, base imponible y la alícuota aplicable para determinarla, se determinan directamente de la remuneración generada por la relación de trabajo, esta remuneración osalario que recibe el trabajador por la prestación de su servicio si puede ser considerada un elemento del costo porque incide directamente en el proceso productivo, el trabajador es necesario paragenerar la renta, la contribución en cambio no es una erogación indispensable para producir la ganancia sin embargo debe realizarse por ser una obligación tipificada en la legislación, además lacontraprestación que se deriva de la contribución la recibe el trabajador, la empresa no se beneficia de la erogación de dinero que debe realizar, por esta razón no puede establecerse como un elemento delcosto, sino como un gasto.
El gasto puede definirse como la salida de dinero que no es recuperable, si comparamos el costo y el gasto encontramos que ambas son erogaciones o salidas de dinero pero enel caso del no es con intención de obtener una ganancia o generar un enriquecimiento, no es recuperable, es necesario para el funcionamiento normal de la empresa pero no se espera obtener un ingreso...
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