las drogas
Integrantes:
Tamara Molina
Diego López
Sharaf Enhutwlistle
David Balderrama
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Babiturbicos:
Ketamina:Tasa de narcotráfico en Bolivia:
Recomendó al gobierno que "coordine con otras instituciones y otros organismos" porque "es importante que otros actores entren a hacer más perfectible" esa tarea. No obstante, Guedes dijo que la administración de Morales hace "esfuerzos denodados" para combatir el narcotráfico como lo demuestra un aumento superior al 100 por ciento en los decomisos de cocaína enlos últimos tres años. El funcionario sostuvo que el problema "son los cultivos ilícitos de coca".
"En Bolivia hay consumo tradicional de coca pero hay otro porcentaje que va al narcotráfico y hay que hacer un mayor esfuerzo en erradicación para mantener las plantaciones que son necesarias para el consumo tradicional", dijo. En su informe divulgado a principios de mes, la Junta Internacionalde Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) de la ONU observó el crecimiento de cocales en los últimos cuatro años.
Bolivia es el tercer productor de coca, materia prima de la cocaína, con 30.900 hectáreas. En primer lugar está Colombia con 135.300 hectáreas y le sigue Perú con 68.000, según el informe de la JIFE.
Leyes que permitan el consumo de las drogas:
Está penado con multa y cárcel(presidio) el tráfico de drogas y todo lo que se haga para traficar droga: plantar, sintetizar, transportar, esconder, guardar, vender, comprar, importar, exportar, procesar, tener material de laboratorio e insumos para fabricarla y luego venderla. Tener una planta para consumo personal y exclusivo no está penado con presidio, pero si puede ser aplicarse multa, o rehabilitación.
No está penado nicon cárcel ni con multa el consumo personal, exclusivo, en privado, y próximo en el tiempo de drogas sicotrópicas o estupefacientes. "Exclusivo" significa sin ambajes que regalar o convidar droga SI puede ser penado con cárcel o multa; consumo personal y exclusivo significa que uno y nadie más, y punto; si le regalas droga a un detective (sin saber que lo es), te fuiste en cana. "Próximo en eltiempo" es una definición un tanto ambigua que probablemente se refiere a que no se puede tener almacenadas grandes cantidades de droga y aducir que es para consumo personal y exclusivo. No existe nada en la ley descrita que aclare eso de "próximo en el tiempo". En todo caso el Art. IV de la ley Nº20.000, y la ley chilena de drogas en su integridad, no prohíben el consumo personal, en privado yexclusivo de drogas fuertemente adictivas, como la heroína o la pasta base. No está penado ni con cárcel ni con multa el consumo personal y exclusivo de cualquier tipo de droga; no se dice: puedes consumir marihuana pero no heroína, ante la ley 20.000, da lo mismo. El espíritu de la ley de drogas chilena no prohíbe el consumo de enteógenos, psicotrópicos, psicodélicos o estupefacientes.
El porte dedrogas lo hace a uno sospechoso y como tal, lo hace uno imputable. No se especifican cuales son los criterios para demostrar que un individuo es consumidor exclusivo de drogas ilegales. En toda la ley, ni tampoco en el reglamento, nada se dice de un gramaje o peso de droga límite, pero SI se entrega una tipificación de drogas de tráfico prohibido, a través de un reglamento asociado a la ley quepuedes leer aquí. El reglamento antiguo también está guardado en nuestro servidor, ahora ya es reliquia, y puedes echarle un vistazo acá.
Si se es consumidor o traficante queda a criterio del juez competente, pero sobretodo de los hechos y de la investigación llevada a cabo. De todos modos, se afirma explícitamente que el consumo privado, personal, exlusivo y "próximo en el tiempo" no es sancionado...
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