Las Funciones Del Lenguaje
Artículo 2°.- El Servicio Consular es la rama especializada del Servicio de Relaciones Exteriores de la República que tiene las siguientes funciones:
A. Representar y proteger los intereses dela República y de los ciudadanos bolivianos que se encuentran en los Estados con los cuales Bolivia mantiene relaciones consulares, dentro los límites señalados por el Derecho Internacional.
B. Estaprotección abarca los intereses de los nacionales bolivianos, sean personas naturales o jurídicas.
C. Mantener y fomentar el desarrollo de las relaciones comerciales, económicas, culturales ycientíficas entre la República de Bolivia y los Estados con los cuales sostiene relaciones consulares.
D. Conocer por todos los medios lícitos las condiciones comerciales, económicas, culturales y científicasde los Estados Receptores, e informar sobre aquellas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
E. Extender pasaportes a los ciudadanos bolivianos en el exterior y otorgar visas y documentos deviajes a las personas que se trasladen a Bolivia.
F. Desempeñar funciones de Notarías de Fe Públicas y Oficialías de Registro Civil en los actos jurídicos que deben surtir efectos legales dentro de laRepública.
G. Proteger y velar, de acuerdo a las leyes de los Estados receptores, por los intereses de los nacionales bolivianos que sean personas naturales, jurídicas en los casos de sucesión porcausa de fallecimientos sucedidos en el extranjero.
H. Velar y proteger en el marco de las leyes de los Estados receptores, los intereses de los menores y personas bolivianas que carezcan de plena 2capacidad, particularmente cuando haya necesidad de instruir tutelas o curatelas.
I. Representar a los nacionales bolivianos, en función de la protección de los legítimos intereses de estos, ante lostribunales y otras autoridades de los Estados Receptores, sobre todo, en casos de ausencia u otro tipo de impedimentos que no permitan una defensa directa de parte de los interesados.
J. Comunicar...
Regístrate para leer el documento completo.