LAS MUJERES
Los Estados Partes en la presente Convención,
Considerando que la Carta de las Naciones Unidas reafirma la feen los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos Humanosreafirma el principio de la no discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertadesproclamados en esa Declaración, sin distinción alguna y, por ende, sin distinción de sexo,
Considerando que los Estados Partes en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos tienen la obligación degarantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos,
Teniendo en cuenta las convenciones internacionales concertadas bajolos auspicios de las Naciones Unidas y de los organismos especializados para favorecer la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer,
Convención sobre los Derechos del Niño
El artículo 28 dela Convención reconoce el derecho a la educación de los niños
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional de las Naciones Unidas que sugiere a losEstados un conjuntode ideas fuerza para la protección de la infancia y los derechos del niño. Esto quiere decir que los Estados parte que adhieren a la convención no se ven obligados a acatarla. La convención estácompuesta por 54 artículos que consagran el derecho a la protección de la sociedad y el gobierno, el derecho de las personas menores de 18 años a desarrollarse en medios seguros y a participar activamenteen la sociedad.
El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en conflictos armados
El Protocolo Facultativo es un tratado que...
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