Las NIIF
La implementación de las NIIF le permite a las Empresas presentar sus estados financieros en las mismas condiciones que empresas extranjeras,lo cual permite una comparación más fácil de la información financiera. Además de esto, las empresas con sedes en otros países que requieren o permiten las NIIF, son más competentes al utilizar un lenguaje contable internacional. Algunas de los beneficios en la implementación de las NIIF en las empresas pueden a) aumentar la calidad y comparabilidad de la información financiera; b) eliminarbarreras para la circulación de capitales en el mundo; c) disminuye costos de elaboración de información, especialmente si operan en el ámbito internacional y cotizan en otros mercados; d) facilita el proceso de consolidación de la información de grupos multinacionales; e) ayuda a la correcta evaluación de riesgos crediticios; f) mejora la competitividad empresarial; y g) permite la asignacióneficiente de los recursos.
Por otro lado, la convergencia de US GAAP con NIIF es un proyecto que se viene adelantando en Estados Unidos con el objetivo de permitir que las empresas en ese país apliquen un estándar global de alta calidad.
NORMAS INTERNACIONALES REGULACION
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el Decreto 2784 del 28 de Diciembre de 2012, reglamenta la Ley 1314 de 2009,sobre el marco normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Donde se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.Adicionalmente, para una adecuada implementación de las nuevas normas es necesario que las entidades destinatarias de este decreto, elaboren un plan de implementación que incluya como uno de sus componentes esenciales la capacitación, que reúna las condiciones necesarias para su ejecución y que se monitoree su adecuado cumplimiento.
De esta manera se decretan los siguientes artículos:
Artículo 1°:Ámbito de Aplicación. El presente decreto será aplicable a los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1.
Artículo 2°. Marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Se establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1. Quienes deberán aplicar el marco regulatorio dispuesto enel anexo de este decreto para sus estados financieros individuales y estados financieros consolidados.
Artículo 3°. Cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera del Grupo 1.Los primeros estados financieros a los que los preparadores de información financiera que califiquen dentro del Grupo 1, aplicarán el nuevo marco técnico normativo, sonaquellos que se preparen con corte al 31 de diciembre del 2015.
Artículo 4°. Referencias normativas internacionales sobre información financiera. Todas las referencias para la aplicación de normas internacionales de información financiera de que trata el marco técnico normativo de información financiera, será aplicables a la fecha de expedición de tales normas internacionales de información...
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