Las providencias judiciales
Se clasifican en:
a. AUTOS. Son todas las providencias de trámite o interlocutorias.
b. SENTENCIAS. Las que deciden sobre las pretensionesde la demanda o las excepciones que no tengan el carácter de previas.
REQUISITOS DE FORMA DE LAS PROVIDENCIAS JUDICIALES
Las formalidades son las siguientes:
1. Denominación del Juzgado2. Lugar y fecha en que se pronuncia (expresada en letras)
3. Firma del Juez o Magistrado (final)
Observaciones:
1. Las que se profieran en audiencia o diligencia se insertan en lasactas respectivas, salvo en proceso verbal.
2. Son elevadas de manera breve y precisa a excepción de los autos que se limiten a disponer un trámite.
3. Ninguna providencia requiere lafirma del secretario.
CONTENIDO DE UNA SENTENCIA
La síntesis de la demanda y contestación debe contener una decisión expresa, clara sobre cada una de las pretensiones de la demanda, las excepcionescuando proceda a resolver sobre ella, las costas y perjuicios a cargo de las partes y sus apoderados y demás asuntos que corresponda decidir.
PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA
Consiste enque debe existir armonía entre los hechos y las pretensiones aducidas en la demanda y en las oportunidades que el Código de Procedimiento Civil contempla y con las excepciones que aparezcan probadasy hubieren sido alegadas si así lo exige la ley (art. 305 C.P.C.).
Si lo pedido por el demandante excede lo probado, solo se le reconocerá lo último.
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONDENA ENCONCRETO EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL COLOMBIANO
Cuando el Juez considere que no existe prueba suficiente para la condena en concreto, decretará de oficio, por una vez, las pruebas que estime necesariaspara tal fin.
De la misma manera deberá proceder el Superior para hacer la condena en concreto omitida total o parcialmente por el inferior, o para extender la condena en concreto hasta la fecha de...
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