lavado de activos en colombia
El Lavado de activos en el ámbito internacional se define como un delito autónomo. En Colombia el código penal define el lavado de activos y tipifica lasactividades que generan lavado de activos.
La ley 599 del 2000, en sus articulado 323 define de la siguiente manera el lavado de activos:
“El que adquiera, resguarde, invierta, transporte,transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, delitos contrael sistema financiero, la administración pública, o vinculados con el producto de los delitos objeto de un concierto para delinquir, relacionadas con el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes osustancias sicotrópicas, o les dé a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimientoo derechos sobre tales bienes, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito incurrirá, por esa sola conducta, en prisión de seis (6) a quince (15) años y multa de quinientos(500) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La misma pena se aplicará cuando las conductas descritas en el inciso anterior se realicen sobre bienes cuya extinciónde dominio haya sido declarada.
El lavado de activos será punible aun cuando las actividades de que provinieren los bienes, o los actos penados en los apartados anteriores, se hubiesen realizado,total o parcialmente, en el extranjero.
Las penas privativas de la libertad previstas en el presente artículo se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando para la realización de las conductasse efectuaren operaciones de cambio o de comercio exterior, o se introdujeren mercancías al territorio nacional.
El aumento de pena previsto en el inciso anterior, también se aplicará cuando se...
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