Leche de soya
Página 1Artículo 2.- Principio general El Estado debe asegurar el equilibrio o superávit fiscal en el mediano plazo, acumulando superávit fiscales en los períodos favorables y permitiendo únicamente déficit fiscales moderados y no recurrentes en períodos de menor crecimiento. Artículo 3.- Definiciones Para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ley, los términos utilizados tendrán el significadoque se indica en el Anexo, el cual forma parte integrante de ésta. CAPITULO II DE LA PRUDENCIA FISCAL (*) (*) De conformidad con la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 27958, publicada el 08-05-2003, se modifica la denominación del Capítulo II de la presente Ley "De la Prudencia Fiscal" por la de "De la Responsabilidad Fiscal". Subcapítulo I Reglas Macrofiscales Artículo4.- Reglas numéricas Las Leyes anuales de Presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los créditos suplementarios, y la ejecución presupuestal, se sujetarán a las siguientes reglas: 1. El déficit fiscal anual del Sector Público Consolidado no podrá ser mayor al 1% (uno por ciento) del PBI;(*) (*) De conformidad con el Artículo único de la Ley Nº 27577 publicada el 05-12-2001, sesuspende durante los Ejercicios Fiscales 2001 y 2002 la regla numérica establecida en este numeral. 2. El incremento anual del gasto no financiero del Gobierno General no podrá exceder a la tasa de inflación promedio anual más 2 (dos) puntos porcentuales. Para este efecto se incluirá como gasto toda transferencia o crédito con aval de la República; 3. El endeudamiento público a mediano plazo deberá serconsistente con el principio de equilibrio o superávit fiscal señalado en el Artículo 2 de la presente Ley. La deuda total del Sector Público Consolidado no podrá incrementarse por más del monto del déficit de dicho Sector, el cual está limitado por los topes de esta Ley, corregido por la diferencia atribuible a variaciones en las cotizaciones entre las monedas, la emisión de nuevos bonos dereconocimiento, variaciones en los depósitos del Sector Público Consolidado, y las deudas asumidas por el Sector Público Consolidado, para lo cual deberá tenerse en cuenta la capacidad de pago del país; 4. En los años de elecciones generales se aplicará, adicionalmente, lo siguiente: a) El gasto no financiero del Gobierno General ejecutado durante los primeros 7 (siete) meses del año, no excederá el60% (sesenta por ciento) del gasto no financiero presupuestado para el año; y, b) El déficit fiscal del Sector Público Consolidado correspondiente al primer semestre del año fiscal no excederá el 50% (cincuenta por ciento) del déficit previsto para ese año. (*)
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(*) Artículo sustituido por el Artículo 1 de la Ley N° 27958, publicado el 08-05-2003, cuyo texto es el siguiente:...
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