Lectura 2 Conceptualizaci N De La T Cnica Legislativa
Al momento de que el legislador produce la disposición jurídica se enfrente a
cuestiones políticas y técnojurídica. Los asuntos políticos incluyen aspectos
valorativos, como el de
política legislativa, que plantea cuándo y bajo qué
circunstancias deben resolverse los conflictos sociales e través de las normas jurídicas,
y cuándo deben solucionarse por los órganos jurisdiccionales. Igualmente, es
importante cuidar los intereses en juego, para sacrificar los menos valiosos y dar
preferencia a los de mayor jerarquía, así como los problemas técnicos del lenguaje.
Estos temas conllevan el riesgo de contar con escasos elementos previos, por lo que la
iniciativa, la discusión, la aprobación y la publicación de una norma jurídica, poseen un
signo político (posiciones ideológicas de los grupos de interés) y uno técnico (la
claridad de su redacción, lenguaje, estructura lógica, la inserción armónica dentro del
sistema legal). De ahí que, con la simplificación cuantitativamente de los conceptos, se podrá lograr una legislación sensata, clara y sistemática.
Lo anterior constituye el conjunto de recursos y procedimientos para la
elaboración de un proyecto de norma jurídica. La redacción de los preceptos y su
inserción armónica en el marco constitucional, contempla aspectos del ámbito de
validez, como el territorio (distribución de competencias según la forma de Estado que
se adopte, federal, unitario o central), el temporal (la entrada en vigor, la modificación,
la abrogación o modificación de una norma) y el material (el objeto de la norma, ya sea
penal, civil, mercantil, electoral, fiscal, aduanero, etc.)
Para los positivistas, una ley es buena cuando las normas se conocen y son
aplicadas por los sectores sociales a quienes se dirige. La ley ha de ser viable y,
cumplir con las características de generalidad, bilateralidad y coercibilidad que la
distingue de los mandamientos morales y usos convencionales. Por su parte, los
iusnaturalistas consideran que, puede prescindirse de toda la teoría de la legislación si
se verifica el propósito de forjar el bien común. Consecuentemente, para la técnica
legislativa, el origen de una regla bien diseñada está en su sencillez, en la claridad de
sus enunciados y en la posibilidad de agrupamiento con otras normas.
Estos y otros principios deben seguir los órganos legislativos mexicanos cuando
elaboran las leyes, ya que es común acudir a los usos y la práctica parlamentaria, con
el fin de las razones jurídicas y los fundamentos de la técnica legislativa, quedando de
manifiesto en la lectura de las leyes y en las muestras de inconformidad generadas a la
hora de expedir y aplicar las reglas. Esto ha provocado que el legislador abandone el
apoyo técnico y de una forma generalizada se sume a la decisión que se ha adoptado,
bajo el liderazgo de un reducido número de líderes parlamentarios que actúan bajo la
influencia de las cúpulas partidistas. Entonces, nuestra sociedad exige y merece
buenas leyes, claras, adecuadas para permitir guiar conductas y formular planes de
vida consistentes, y en donde gobernantes y gobernados estamos sometidos a la ley.
Ello significa que, no hay política sin derecho, pues a veces el derecho condiciona el
conocimiento y la acción de la política, y otras veces es la política a que determina los
contenidos y la aplicación del derecho.
Tocante a la ley los instrumentos para elaborar buenos proyectos de ley, el
enfoque adecuado es una combinación de ambas perspectivas. Si la norma es una
decisión política, no hay ...
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