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Páginas: 29 (7038 palabras) Publicado: 4 de marzo de 2014
CONTRATOS LÚDICOS O DE RECREACIÓN

El Título XI del Código Civil (19 artículos, del 2051 al 2069) lleva la rúbrica “De los contratos aleatorios. Del juego, apuesta y suerte.” El art. 2051 C.C. (tomado del Esboco de Freitas) define a los contratos aleatorios como “Los contratos serán aleatorios, cuando sus ventajas o pérdidas para ambas partes contratantes, o solamente para una de ellasdependan de un acontecimiento incierto.”
Metodológicamente está desubicado este artículo ya que debió estar en el Título I con las demás disposiciones de los contratos en general, toda vez que los de juego, apuesta y suerte no son los únicos contratos aleatorios.
El Código Civil Francés acoge la posibilidad de que un contrato sea aleatorio para una sola de las partes sin serlo para la otra, algo queLópez de Zavalía considera un absurdo. Algunos consideran al contrato de seguro, aleatorio para una sola parte, pero en verdad hay alea para ambas partes.

Aleatoriedad Doble: tanto las ventajas como las pérdidas son aleatorias para ambas
partes. Ejemplo: contrato de juego, ya que ganar es aleatorio y perderes aleatorio, las dos posibilidades son aleatorias para ambas partes.
Simple: es aleatorio solo el sacrificio de una de las partes, y aleatoria
solo la ventaja de la otra, pero la aleatoriedad existe para ambas partes,
ya que loaleatorio de la ventaja para una parte es correlativamente
aleatoriedad del sacrificio de la otra. Ejemplo: contrato de seguro.

El ALEA es un acontecimiento incierto ya en la producción, ya en su época de producción (subsumible en la teoría de las condiciones y plazos inciertos).
Lo LUDICO es lo relativo al juego y dentro de la categoría decontratos lúdicos (o contratos de juego) entran el juego, la apuesta y la suerte.
Palabra “Juego”: en sentido estricto designa la actividad mentada en el art. 2052 C.C. que define al contrato de juego. Las “deudas de juego” del art. 2055 C.C. son distintas a la deudas de apuesta y no abarca las deudas de suerte, aunque comprende a las deudas civiles como a las naturales. Las “deudas de juego” del art.2060 C.C. involucra también las “deudas de apuesta y de suerte”, aunque refiere solo a las deudas naturales.
Palabra “Apuesta”: en sentido estricto designa el acto contemplado en el contrato de apuesta del art. 2053. ‘En la apuesta (contrato) los apostadores (partes del contrato) apuestan (acción correspondiente a ese contrato) una apuesta (suma de dinero u objeto que se promete en ese contrato,también llamada puesta o postura)’ CASI UN TRABALENGUAS!.
Sugiero un concepto más simple: los apostadores ponen en riesgo una suma de dinero afirmando opiniones diversas sobre un mismo asunto.
‘Apostar’ y ‘postura’ sirve para los tres contratos (juego, apuesta y suerte).
Palabra “Suerte”: es el puro azar, la incertidumbre, el alea en su fuerza total.
En los tres contratos hay JUEGO, APUESTA YSUERTE, entendidos en sentido AMPLIO.
La opinión común dice que hay solo dos contratos: juego y apuesta, considerando a la suerte no un contrato, sino un medio de jugar o apostar. López de Zavalía considera a la suerte también un contrato, a diferencia de Lorenzetti que la estudia como objeto de un contrato.
Los acuerdos de juego desinteresados no son contratos para el derecho.
Hay acuerdosque generan obligaciones civiles y los hay que solo dan lugar a obligaciones naturales. Los acuerdos lúdicos que dan lugar a obligaciones civiles son contratos. Pero se plantea la discusión con los que no generan obligaciones civiles ¿son o no contratos? Un sector de la doctrina contesta negativamente (no corresponde hablar de obligaciones naturales, no hay contrato). Otro sector reconoce que...
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