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Páginas: 22 (5437 palabras) Publicado: 6 de noviembre de 2014
ACTOR LA FEDERACIN, POR CONDUCTO DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL. MINISTRO PONENTE SERGIO A. VALLS HERNNDEZ. SECRETARIa ADJUNTA VIANNEY AMEZCUA SALAZAR. Mxico, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, correspondiente al diecisis de febrero de dos mil once. Vo. Bo. V I S T O S Y R E S U L T A N D O Cotej PRIMERO.- Por oficio recibido el veintids deoctubre de dos mil diez, en la Oficina de Certificacin Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nacin, Miguel Alessio Robles, en su carcter de Consejero Jurdico del Poder Ejecutivo Federal, promovi controversia constitucional en representacin del Titular de dicho Poder, demandando la invalidez de la norma que ms adelante se seala, emitida y promulgada por las autoridadesque a continuacin se precisan AUTORIDADES DEMANDADAS 1. Poder Legislativo del Estado de Mxico. 2. Poder Ejecutivo del Estado de Mxico. NORMA GENERAL CUYA INVALIDEZ SE DEMANDA Artculo 19, fraccin I, de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Mxico, publicada en el Peridico Oficial del Estado, el seis de septiembre de dos mil diez, en la porcin normativa que establece y con clusula de exclusin aextranjeros. SEGUNDO.- Los antecedentes del caso, narrados en la demanda, son los siguientes 1. El veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y tres, se public en el Diario Oficial de la Federacin, la Ley de Inversin Extranjera que, en su artculo 6, establece cules son las actividades reservadas, de manera exclusiva, a mexicanos o sociedades mexicanas con clusula de exclusin de extranjeros.Dicha ley fue expedida por el Congreso de la Unin, de conformidad con el artculo 73, fraccin XXIX-F, de la Constitucin Federal, que lo faculta para expedir leyes que regulen la inversin extranjera en el pas. 2. El dos de enero de dos mil nueve, se public en el Diario Oficial de la Federacin, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, que abrog la Ley General que establece las Basesde Coordinacin del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, de once de diciembre de mil novecientos noventa y cinco. Esta ley general reglamenta el artculo 21 de la Constitucin Federal, en materia de seguridad pblica su objeto es regular la integracin, organizacin y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, as como establecer la distribucin de competencias y las bases de coordinacinentre la Federacin, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en esta materia y sus disposiciones son de observancia general en todo el territorio nacional. 3. El seis de julio de dos mil seis, se public en el Diario Oficial de la Federacin, la Ley Federal de Seguridad Privada, cuyo objeto es regular la prestacin del servicio en dos o ms entidades federativas. 4. El veintiocho de julio dedos mil diez, el Gobernador del Estado de Mxico envi al Congreso Local, la iniciativa de Decreto que abroga la Ley que regula a las Empresas que prestan el Servicio de Seguridad Privada en el Estado y crea la Ley Estatal de Seguridad Privada. El veintisis de agosto del mismo ao, el Congreso Estatal aprob el dictamen correspondiente a la referida iniciativa de Decreto. El seis de septiembresiguiente, se public en la Gaceta de Gobierno, la Ley de Seguridad Privada del Estado de Mxico, la cual, conforme a su artculo segundo transitorio, entr en vigor al da siguiente de su publicacin, esto es, el siete de septiembre de dos mil diez. TERCERO.- Los conceptos de invalidez que hace valer el promovente son, en sntesis, los siguientes 1. El artculo 19, fraccin I, de la Ley de Seguridad Privada delEstado de Mxico, al establecer como obligatoria la clusula de exclusin de extranjeros para las empresas que presten el servicio de seguridad privada, vulnera la facultad del Congreso de la Unin para legislar en materia de inversin extranjera y, en consecuencia, para establecer restricciones a la misma, prevista en el artculo 73, fraccin XXIX-F, de la Constitucin Federal. De conformidad con lo...
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