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El incremento, vigente para el presente año 2011, mediante el decreto ejecutivo 223-2011 se difundió en cadena nacional en la que se señaló su retroactividad almes de enero y caracterizó por número de empleados que van en escalas de 1 á 10, de 11 á 50, de 51 á 150 y de 151 en adelante.
El secretario del Trabajo y Seguridad Social, Felicito Ávila, detalló enel comunicado que los obreros de la industria textil y maquila recibirán un aumento mensual que va de los 5,857 lempiras para las empresas con 10 ó menos empleados y un aumento máximo de 6,474.60lempiras para las que cuentan con más de 150 trabajadores.
Es de destacar que los trabajadores del sector textil llevaban varios años sin recibir un aumento salarial mínimo.
Según el decreto, el sectoragricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca recibirá un alza salarial menor de 4,368 lempiras y un máximo de 4,596 lempiras.
En el caso de los obreros del sector transporte tendrán unaretribución mensual mínima 6,105 lempiras y una máxima de 6,533 para las empresas con más 151 empleados.
El salario mensual más bajo devengado por los obreros del sector minero será 5,967 lempiras y unmáximo de 6,386 lempiras para las empresas con más de 151 empleados.
Los obreros de los sectores de la construcción, comercio, restaurantes y hoteles recibirán un incremento similar, cuyo monto más bajoserá un sueldo mensual de 6,050 y un máximo de 6, 474.60.
Los aumentos más altos fueron para los trabajadores que laboran en los sectores energía, gas, agua, financiero y de seguros. Las empresasfinancieras con más de 151 empleados deberán pagar un salario mensual de 6,651, mientras que para las de energía, el monto mínimo será de 6,160 lempiras y el máximo de 6,592 lempiras.
El año pasado el...
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