Legado
Concepto.
Es la institución testamentaria mediante la cual el legatario adquiere a título particular, el derecho a una prestación de dar o de hacer sin más modalidades que lasexpresiones impuestas por el testador; además, tiene responsabilidad subsidiaria respecto a la responsabilidad de los herederos, y con limite hasta donde alcance la cuantía de la prestación legada que,corresponde al beneficio de inventario. El término tiene dos acepciones acto por el cual se transmite a título particular por causa de muerte, y el segundo a la cosa-objeto o hecho-objeto materia propiamentedel legado.
En este sentido se establece el siguiente principio fundamental “Legados sólo los hay testamentarios”
Antecedentes.
Dentro del Derecho Romano, el legado era una carga impuesta alheredero y tuvo cuatro formas:
1.- Per vindicationem. Equivale en nuestro derecho al legado de cosa cierta y determinada, propia del testador.
2.- Per damnationem. Se le imponía al heredero la obligaciónde pagar la cosa o prestar el hecho objeto del legado, convirtiéndose el legatario en acreedor del heredero.
3.- Praeceptionem. Estos legados eran hechos en favor de los herederos; se les facultabapara retirar de la herencia la cosa legada.
4.- Sinendi modo. En este legado se concedía permiso al legatario para tomar o retirar la cosa legada de la herencia, pero no la retiraba a titulo dedueño, sino en virtud de una acción personal extratestamentaria, tal vez como si se tratase de un reconocimiento de un credito o de un reconocimiento de que la propiedad fuese desde antes del legatario.Reglas generales.
Reglas supletorias:
Son para los herederos y se aplicaran de manera supletoria respecto de los legados; por lo cual la capacidad de los legatarios, las condiciones que el testadorpuede imponer, las reglas de la aceptación y de la repudiación aplicable a los herederos, se aplicarán también a los legatarios, excepto que su naturaleza no lo permita o haya disposición expresa...
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