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Páginas: 24 (5839 palabras) Publicado: 16 de enero de 2015
Entonces... ¿Qué puede y qué no puede hacer un cobrador?
¿Que puede hacer y que NO puede hacer un cobrador?
 
LO QUE NO PUEDEN HACER LOS COBRADORES.
NO pueden demandarlos.
NO pueden embargarlos.
NO pueden “enajenar sus bienes inmuebles”.
NO pueden meterlos a la cárcel.
NO pueden “romper sus cerraduras”, ni hacer “arraigos vecinales”, ni “notificarles de un embargo”, ni “hacer usode la fuerza pública”, ni ninguna otra de esas payasadas que dicen que pueden hacer…
NO pueden cobrarles ni en persona, así como tampoco en sus oficinas.
NO pueden citarlos por la fuerza, en ningún lugar ni hora.
NO pueden introducirse a su domicilio.
NO pueden cobrarle a NADIE que no haya firmado como AVAL o DEUDOR SOLIDARIO. Por lo tanto no pueden cobrarle ni a tus referencias, nitampoco a tus familiares o amigos.
 
LO QUE SI PUEDEN HACER LOS COBRADORES.
SI pueden negociar el pago de su deuda.
SI pueden hacer ofertas y descuentos (previa autorización del banco).
SI pueden visitarlos en su domicilio (pero, de forma educada).
SI pueden llamarlos por teléfono (igualmente, de forma educada)
Los delitos que cometen los cobradores
Delito: Divulgar información personal ofinanciera a un tercero: NO deberán dar información de su adeudo de ningún tipo a NADIE que no sean ustedes (ni con “cartitas” abiertas o sin sobre, ni por teléfono, ni en persona, así como tampoco en sus trabajos, sus referencias, ni a sus familiares, amigos y conocidos).
La ley: Artículo 117 LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO.VIOLACIÓN DEL SECRETO BANCARIO: LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO EN NINGUNCASO PODRÁN DAR NOTICIAS O INFORMACION DE LOS DEPOSITOS, SERVICIOS O CUALQUIER TIPO DE OPERACIONES, SINO AL DEPOSITANTE, DEUDOR, TITULAR O BENEFICIARIO QUE CORRESPONDA, A SUS REPRESENTANTES LEGALES O A QUIENES TENGA OTORGADO PODER PARA DISPONER DE LA CUENTA O PARA INTERVENIR EN LA OPERACIÓN O SERVICIO.
 
Delito: El cobrador dice que es licenciado: No deberán hacerse pasar por: Licenciados,Jueces, policías, agentes federales, etc. Pues estarán cometiendo una usurpación de funciones.
La ley: Artículo 250 CÓDIGO PENAL FEDERAL. USURPACIÓN DE FUNCIONES PROFESIONALES: SE SANCIONARA CON PRISION DE UNO A SEIS AÑOS Y MULTA DE CIEN A TRESCIENTOS DIAS A QUIEN: SE ATRIBUYA EL CARACTER DE PROFESIONISTA.
 
Delito: Simular documentos judiciales: No podrán imprimir, reproducir, difundir nientregar o enviar al deudor documentos que aparentan ser documentos emitidos por la autoridad que simulen procesos judiciales tales cómo el embrago o un juicio. El cobrador que lo haga estará incurriendo en el delito de Fraude.
La ley: Artículo 387 CÓDIGO PENAL FEDERAL. FRAUDE: SE CASTIGARA CON 3 DÍAS Y HASTA DOCE AÑOS DE PRISIÓN: AL QUE SIMULARE UN CONTRATO, UN ACTO O ESCRITO JUDICIAL, CONPERJUICIO DE OTRO O PARA OBTENER CUALQUIER BENEFICIO INDEBIDO.
 
Delito: Si el cobrador daña tu casa: Los cobradores no podrán pegar documentos en ninguna parte del domicilio del deudor, ni ocasionar ningún tipo de daño físico a dicho inmueble.
La ley: Artículo 397 CÓDIGO PENAL FEDERAL. DAÑO EN PROPIEDAD AJENA: CUANDO POR CUALQUIER MEDIO SE CAUSEN DAÑO, DESTRUCCION O DETERIORO DE COSA AJENA, O DECOSA PROPIA EN PERJUICIO DE TERCERO, SE APLICARAN LAS SANCIONES DEL ROBO SIMPLE.
 
Delito: El cobrador se quiere introducir por la fuerza en el domicilio del deudor: NO deberán tratar de introducirse por la fuerza a su domicilio, trabajo o lugar de estudio así como tampoco al de sus referencias, familiares, amigos y conocidos.
La ley: Artículo 285 CÓDIGO PENAL FEDERAL. ALLANAMIENTO DEMORADA: SE IMPONDRAN DE UN MES A DOS AÑOS DE PRISION Y MULTA DE DIEZ A CIEN PESOS, AL QUE, SIN MOTIVO JUSTIFICADO, SIN ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE Y FUERA DE LOS CASOS EN QUE LA LEY LO PERMITA, SE INTRODUZCA, FURTIVAMENTE O CON ENGAÑO O VIOLENCIA, O SIN PERMISO DE LA PERSONA AUTORIZADA PARA DARLO, A UN DEPARTAMENTO, VIVIENDA, APOSENTO O DEPENDENCIAS DE UNA CASA HABITADA.
 
Delito: El cobrador se...
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