LEGALIDAD SIAT
INFORME ELEVADO AL SR. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
ASUNTO: DANDO A CONOCER LA PROPUESTA DE LEGALIDAD DE LA PRESENCIA Y FUNCIONES DE ACCIDENTOLOGÍA VIAL EN LAS PROVINCIAS DEL ECUADOR
1. MODELO DE GESTIÓN:
El Departamento de Investigación de Accidentes de Tránsito es un pilar fundamental para laadministración de justicia en delitos de tránsito, proporciona a los tribunales de justicia informes periciales estableciendo el grado de participación de cada uno de los involucrados, para contribuir a la administración cabal de la justicia, por medio del empleo de métodos técnicos - científicos y tecnologías aplicadas.
El Departamento de Investigación de Accidentes de Tránsito tiene suCompetencia a Nivel Nacional actuando de la siguiente forma de acuerdo al modelo de gestión:
PROVINCIAS DEL ECUADOR
ÁREA URBANA
ÁREA RURAL
Pichincha
DIAT
DIAT
Manabí
DIAT
DIAT
Tungurahua
DIAT
DIAT
Esmeraldas
DIAT
DIAT
Chimborazo
DIAT
DIAT
Loja
DIAT
DIAT
Cotopaxi
DIAT
DIAT
Imbabura
DIAT
DIAT
Carchi
DIAT
DIAT
Bolívar
DIAT
DIAT
Sucumbíos
DIAT
DIAT
Cañar
DIAT
DIAT
Morona Santiago
DIAT
DIATOrellana
DIAT
DIAT
Napo
DIAT
DIAT
Zamora Chinchipe
DIAT
DIAT
Pastaza
DIAT
DIAT
Galápagos
DIAT
DIAT
DIAT -OIAT
ÁREA URBANA
ÁREA RURAL
Los Ríos
DIAT
OIAT
El Oro
DIAT
OIAT
Santo Domingo de los Tsáchilas
DIAT
OIAT
Azuay
OIAT únicamente cantón Cuenca
DIAT 13 cantones restantes de la provincia
Guayas
OIAT
OIAT
Santa Elena
OIAT
OIAT
El Departamento de Investigación de Accidentes deTránsito se encuentra realizando una mejora continua en el servicio que presta la Unidad a los órganos de justicia, especialmente en los delitos de tránsito; en tal virtud para actuar de conformidad con el Código Orgánico Integral Penal y de existir un delito de Tránsito, el DIAT del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha implementado la NOTICIA TÉCNICA para el proceso legal, elmismo que no superará las 24 horas; ya que se debe cumplir con la flagrancia exigida por el COIP; satisfaciendo de esta manera con la administración de justicia.
La fiscalía cuando avoca conocimiento de un delito de tránsito podrá disponer según el Art. 460 del COIP El Reconocimiento del lugar de los hechos con el apoyo del personal del Sistema Especializado Integral de Investigación, de medicinalegal y ciencias forenses, o el personal competente en materia de tránsito.
De igual forma de conformidad a las disposiciones contempladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) los procedimientos directos, las audiencias y la elaboración de las pericias, se deben aplicarse sin contratiempos en la Unidad de Flagrancia, siendo el Departamento de Investigación de Accidentes de Tránsito la unidadde apoyo de la fiscalía. Por la competencia en el área investigativa a través de sus peritos debidamente acreditados por el consejo de la Judicatura.
2. LEGALIDAD:
2.1. Artículo 443.- “Atribuciones de la Fiscalía”.- La Fiscalía ejerce las siguientes atribuciones:
“Reconocer los lugares, huellas, señales, armas, objetos e instrumentos con la intervención del personal del Sistema especializadointegral de investigación, medicina legal y ciencias forenses o personal competente en materia de tránsito, conforme con lo dispuesto en el COIP”.
“Expedir en coordinación con las entidades que apoyan al Sistema especializado integral de investigación, medicina legal y ciencias forenses o con el organismo competente en materia de tránsito, los manuales de procedimiento y normas técnicas para eldesempeño de las funciones investigativas”.
Artículo 407.- inciso #02 “Al tratarse del reconocimiento de lugares, resultados, huellas, señales, armas, objetos e instrumentos o de impedir que personas con información necesaria se ausenten del lugar de los hechos, la o el fiscal podrá disponer la práctica de dichas diligencias al personal del Sistema especializado integral de investigación, de medicina...
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