Legilacion Mercantil Solly
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGIA
DE ADMINISTRACION INDUSTRIAL
CATEDRA: LEGISLACION MERCANTIL
Prof. Josefina Chaya. Alumna: Solly Murati
C.I:
16.589.445
Semestre: 1 Nocturno.
LOS TEQUES ESTADO MIRANDA
Bibliografía
●
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.(Publicada en
Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.453 de la República Bolivariana de
Venezuela. Caracas, viernes 24 de marzo de 2000)
●Código de Comercio Venezolano (Gaceta Nº 475 Extraordinaria del 21 de
diciembre de 1955).
●
Ley Especial de Asociaciones Cooperativas ( Decreto Nº 1440 30 de Agosto
del 2001)
●
Goldshmitd. R. (Curso de Derecho Mercantil. Caracas. Ediciones 1998.)
●
Leopoldo Borjas (Instituciones del Derecho Mercantil. Las Sociedades.
Caracas. Ediciones 1979.)
●
José Loreto Arismendi (Sociedades Civiles y Mercantiles. Caracas.
Ediciones 1976.)
●Alfredo Morles. (Régimen Legal del Mercado de Capitales. Caracas
Ediciones 1999).
Introducción
Para que una
sociedad pueda constituirse como tal, es necesario que esta tenga
personalidad jurídica, esto significa que la sociedad es una entidad de derecho,
que puede adquirir
derechos y
obligaciones
, al igual que una
persona natural, es
susceptible de ser representada y de actuar por si en la vida de los
negocios
. Otro
elemento de
la personalidad jurídica de la sociedad, la constituye la circunstancia
de que ella tiene un domicilio propio, distinto del que pudiera tener cada uno de los
socios, ya que queda estipulado en la
escritura social, por la misma razón la sociedad posee un nombre propio, según sea el tipo de sociedad.
Conclusión
Las
sociedades mercantiles para que puedan tener un
carácter jurídico dentro de
la norma tienen los siguientes elementos: Elemento Social: constituido por los
socios, personas que aportan y reúnen sus esfuerzos (
bienes
, capitales o
trabajos). Elemento Patrimonial: está formado por el conjunto de bienes que se
aportan para formar el
capital social. Elemento Formal: es el conjunto de reglas
relativas a la forma o solemnidad con la que se debe revestir al
contrato
, y que da
origen a la sociedad como una individualidad de derecho. Las
sociedades
mercantiles en
Venezuela
, se rigen por el contrato, en el que se establecen todas
las
normas a las que deben obedecer los miembros de la sociedad (socios) y la
responsabilidad en caso de que se incumpla dicho contrato. Además del contrato
las sociedades se rigen también por las
leyes del país donde se establezcan
donde la sociedad se utiliza en dos sentidos: designando el acuerdo que celebran
los socios y como persona jurídica la agrupación que surge de ese contrato sui
generis. Esto es lo que se conoce como "fenómeno asociativo", el cual consiste en
la unión de voluntades y de esfuerzos para la obtención de fines económicos, por
lo cual surge la tendencia de agruparse con otras personas para realizar
actividades comerciales y alcanzar los
objetivos comunes. La
ley solo se limita a
exigir el
Registro Mercantil y su inscripción para que la sociedad pueda tener
personalidad jurídica cuyo propósito es la relación jurídica en las sociedades
mercantiles como entidades legales creadas y sancionadas por la legislación, por
las causas específicas previstas para cada sociedad mercantil en ...
Regístrate para leer el documento completo.