legislación mesolitica
El convenio exige quetodos los estados firmantes tienen que ordenar la restitución dentro de un periodo de 6 semanas. La solicitud para la restitución del menor tiene que ser entregada dentro el periodo de un año a laautoridad central del país donde el menor fue sustraído; de otra manera la solicitud podría ser rechazada.
Se considera de importancia cómo era la situación antes de la sustracción y si el menor tenía sulugar de residencia en el país de donde fue sustraído.
Por medio del procedimiento de restitución el juzgado o la autoridad judicial del país extranjero puede ordenar al solicitante que obtenga uncertificado o una decisión en el Estado de la residencia habitual del menor que acredite que el traslado o retención del menor fue ilícito en el sentido previsto en el artículo 3 del Convenio.Eltraslado o la retención de un menor se considerarán ilícitos cuando se produzcan cualquiera de los siguientes supuestos:1
Cuando se hayan producido con infracción de un derecho de custodia atribuidoseparada o conjuntamente a una persona, a una institución o a cualquier otro organismo, con arreglo al derecho vigente en el Estado en que el menor tenía su residencia habitual inmediatamente antes desu traslado o retención.
Cuando este derecho se ejercía en forma efectiva, separada o conjuntamente, en el momento del traslado o de la retención, o se habría ejercido de no haberse producido dichotraslado o retención.El Convenio determina la restitución inmediata de un menor, cuando este tenga su residencia habitual en uno de los Estados contratantes antes del traslado o retención ilícita...
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