Legislaci n ambiental
Nombre: Delia Pineda Espinoza
Curso: Quinto ciclo
Fecha: 19-07-2015
Facultad: Ing. Ambiental
Constitución de la República del Ecuador Asamblea Constituyente 2008.
Secciónsexta
Agua
Art. 415.- El Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados
Adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial
Urbano y de uso del suelo, que permitanregular el crecimiento urbano, el
manejo de la fauna urbana e incentiven el establecimiento de zonas verdes.
Los gobiernos autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso
racional del agua,y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado de
desechos sólidos y líquidos. Se incentivará y facilitará el transporte terrestre
no motorizado, en especial mediante el establecimiento de ciclovías.
Análisis:
Lo referente a este artículo nos habla sobre la interacción y relación de los Gobiernos Autónomos los cuales deben adoptar políticas integrales y de inclusión social para incentivar losconocimientos a los ciudadanos sobre la expansión geográfica de la ciudad, donde el área urbana invade la zona rural debido al incremento económico y el aumento de construcciones y viviendas, así deesta manera la ciudadanía tomaría conciencia sobre el cuidado correcto y uso de las zonas verdes como parques y bosques manteniendo así la preservación de áreas verdes, teniendo en cuenta también elmanejo y control consiente de animales domésticos que pertenecen a la fauna urbana de los diferentes cantones del país.
La iniciativa referente al agua consiste en reducir gastos incorrectos de agua yconcientizar su correcto uso limitado para la conservación del líquido vital, en la reducción de reciclaje esta lo que es el uso correcto del agua de la luz eléctrica, desconectar aparatos electrónicossin uso y crear las fuentes de movilidad como las bicicletas y autos ecológicos que no causan contaminación nocivo al medio ambiente
Mediante este articulo la expansión y ordenamiento de zonas...
Regístrate para leer el documento completo.