LEGISLACI N

Páginas: 7 (1644 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2015
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
Facultad de contabilidad y auditoria
Ingeniería financiera
Nombre: Gabriela Villacres
Semestre: 4 to “A”
Fecha: 06 de Enero 2015

PENAS DE PRISIÓN POR GENERAR PÁNICO ECONÓMICO Y FINANCIERO

El proyecto de nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) incorpora al "pánico económico" y al "pánico financiero" como delitos con penas de prisión de hasta 10 y 7 años,respectivamente. Sancionar la difusión de información que desestabilice al sector financiero ha sido una vieja aspiración de la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS). En el 2004 rumores sobre una supuesta "iliquidez" del Banco del Pichincha obligaron al propio superintendente de la época, Alejandro Maldonado, a desvirtuar esa información y tranquilizar al mercado. En el 2006 y el 2012 rumoresfalsos sobre quiebra financiera de dos entidades: Cooperativa Nacional de Guayaquil y Cooperativa JEP de Cuenca, generaron corridas de depósitos. Marín Bautista, gerente de la Casa Central Financoop, recuerda que esta entidad apoyó a JEP con un financiamiento de USD 8 millones para afrontar el problema. Eso y la liquidez de la entidad permitieron que haga frente a los retiros masivos. "Puso a pruebanuestro prestigio y solvencia, dicha solvencia nos permitió hacer frente a noticias por completo carentes de sustento", relata Floresmilo Alvear, gerente de la Cooperativa JEP. El superintendente de Bancos, Pedro Solines, anunció en ese entonces que propondría a la Asamblea que la propagación de rumores falsos sobre la liquidez de una institución financiera sea considerada como delito penal.Lapreocupación fue recogida en el COIP que analiza la Asamblea. Así, el artículo 318, sección octava, tipifica como un delito al "pánico financiero" y fija una pena de prisión de 5 a 7 años a la persona que divulgue noticias falsas que causen alarma en la población y provoquen el retiro masivo de depósitos de cualquier institución financiera, que pongan en peligro la estabilidad o generen el cierredefinitivo de la institución.Se trata de una norma nueva en el país. Hoy, la única referencia a la divulgación de información falsa consta en el Artículo 606 del Código Penal vigente, numeral 13, que considera como una contravención de tercer clase a la propagación de noticias o rumores falsos que alteren el orden público, con una multa de USD 7 a 14 y prisión de dos a cuatro días. Por su lado, laSBS sentó un antecedente en noviembre del año pasado cuando sancionó a los gerentes de cuatro bancos del país que enviaron a sus clientes correos electrónicos y cartas. Los calificó de "desestabilizadores porque causaron nerviosismo entre los cuentaahorristas". La Asociación de Bancos Privados señaló en ese entonces que la intención de la carta era tranquilizar a sus clientes que llamaron a losbancos por el proyecto gubernamental que planteaba que una parte del incremento del Bono de Desarrollo Humano (BDH) se financie con impuesto a los bancos. La respuesta no convenció a la SBS y multó a los ejecutivos con USD 63 094 en total.A nivel regional existe legislación sobre el tema. El abogado José Mejía explica que la legislación colombiana tipifica desde 1990 al pánico financiero. El expertocree que este debe sancionarse, pero considera que tal como está redactado el artículo del COIP es ambiguo y subjetivo. "Da la posibilidad de que cualquier persona considere que la noticia es falsa". Además, cree que omite el principio de inocencia. "Es la Fiscalía la que debe determinar si se ha cometido el delito, pero tal como está el artículo yo tengo que probar que la noticia no es falsa y queno pretendió alterar el orden público".Bautista cree que es positivo la intención de sancionar este delito. "Los rumores falsos, sin sustento, pueden crear inestabilidad en las entidades financieras".El asambleísta Luis Fernando Torres (PSC/Creo) señala que el "pánico financiero" tiene antecedentes y debe estar en el Código, no así el delito de pánico económico, que es un "invento ecuatoriano"....
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