Legislación Laboral UDA copia
Laboral
Inicios del Derecho al
Trabajo
1) Orígenes: Esclavitud, abuso, sometimiento.
Relaciones laborales injustas, no existía libertad de
contratación ni regulación al respecto.
Trabajo era considerado como indigno y denigrante por
las clases dominantes.
Inicios del Derecho al
Trabajo
2) Primeras constituciones contienen muy pocas disposiciones relativas al trabajo.
Abolición de la esclavitud en 1845. (Se reconoce como tal
en las constituciones de 1850 y 1852)
Aún existían contratos de trabajo injustos entre
empleadores y empleados.
Inicios del Derecho al
Trabajo
3)Reconocimiento del derecho al trabajo en la normativa
ecuatoriana:
Constitución de 1883 reconoce al contrato de trabajo.
Constitución de 1929 reconoce derechos del trabajo,
regulando salarios mínimos, jornadas máximas del
trabajo, seguros sociales, y descansos obligatorios.
Primer código del trabajo ecuatoriano, aprobado por
decreto número 210 del 5 de agosto de 1938.
Principales derechos
laborales:
Derecho a una remuneración justa
Igual trabajo, igual remuneración
Derecho a vacaciones pagadas
Derecho a décimo tercer y décimo cuarto sueldo
Derecho a la seguridad social (IESS)
Derechos para las mujeres embarazadas
Derechos para personas con capacidades especialesdiferentes.
Der. Trabajo, Constitución
Ecuador
Der. Trabajo, Constitución
Ecuador
Art. 33. El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de
realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas
trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y
retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o
aceptado.
Art. 34. EI derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se
regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad,
eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de
las necesidades individuales y colectivas.
El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social,
que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares,
actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a
quienes se encuentran en situación de desempleo.
Der. Trabajo, Constitución
Ecuador
Art. 66. Se reconoce y garantizará a las personas:
Num: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación
y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación,
trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social
y
otros
servicios
sociales
necesarios.
Num: 17. EI derecho a la libertad de trabajo. Nadie será obligado a
realizar un trabajo gratuito o forzoso, salvo los casos que determine la
ley.
Der. Trabajo, Constitución
EcuadorArt. 325. El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo,
en relación de dependencia o autónomas, con inclusión de labores de auto sustento y cuidado
humano; y como actores sociales productivos, a todas las trabajadoras y trabajadores.
Art. 326. El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios:
1. El Estado impulsará el pleno empleo y la eliminación del subempleo y
del desempleo.
2. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en
contrario.
3. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales
en materia laboral, estas se aplicarán en el sentido más favorable a las personas trabajadoras.
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