legislacion chilena en prevencion
Objetivo: Identificar cuerpos legales y mandatos éticos aplicables en Salud Ocupacional.
Desarrollo: A continuación se reconocerán deacuerdo a la legislación actual, las faltas que se podrían estar incurriendo en el estudio de caso, las cuales se clasificaran en una primera parte, además se fundamentara apoyándonos en la Ley 16.744 queestablece las normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el Decreto Supremo nº 594 que aprueba el reglamento de las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugaresdel trabajo y el Código del Trabajo.
Falta Legislación
Fugas de Óxido de Etileno en autoclaves, bodegas y contaminación de equipos y materiales D.S. nº 594, Título III, párrafo II, Art. 36.
Elempleador debe salvaguardar las condiciones de seguridad de sus colaboradores.
Exposición a riesgos laborales
Lesiones osteoarticulares (tendinitis, lumbago) D.S. nº 594, Título I, Art. 3.
Elempleador debe velar por la seguridad, calidad y medioambiente del trabajo
Se han producido 12 Accidentes de Trabajo. (heridas abrasivas por exposición mecánica, intoxicaciones agudas por vapores tóxicos,quemaduras por sustancias tóxicas, agresiones por parte de pacientes, caídas a nivel y exposición con material contaminado con residuos corporales.) D.S. nº 594, Título IV, párrafo III, de los puntos.1-8: de los agentes físicos.
El trabajador no siguió los procedimientos regulados para realizar un buen trabajo, por lo cual tuvo consecuencias de accidentes de trabajo, por agentes físicos.Deambulación por áreas restringidas.
Bodegas desordenadas sin separaciones, ni señaléticas.
Defientes Señaléticas. D.S. nº 594, Título III, párrafo II, Art. 37.
El empleador esta en la obligación demantener las señaléticas correspondientes, visibles y zonas de amplia seguridad
Material Sanitizante y desinfectantes con alta toxicidad. D.S. nº 594, Título IV, párrafo II, Art. 60.
El empleador debe...
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