Legislacion de negocios
ECONÓMICA CENTROAMERICANA
Lista de mercancías sujetas a regímenes transitorios de excepción al libre comercio
entre Costa Rica y cada uno de los demásEstados miembros
Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y
Costa Rica,
CONSIDERANDO que el Gobierno de la República de Costa Rica se adhirió al
TratadoGeneral de Integración Económica Centroamericana el 23 de julio de 1962,
mediante la suscripción del instrumento correspondiente;
TENIENDO en cuenta lo dispuesto en el Artículo IV del Tratado General ycon forme
a lo previsto en los Artículos II y III del instrumento Adhesión de Costa Rica al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana, han convenido entre
ellos las listas de productosque quedarán sujetos a regímenes especiales
transitorios de excepción al libre comercio entre Costa Rica y cada uno de los demás
Países miembros del Tratado General de Integración EconómicaCentroamericana;
CONVENCIDOS de que la participación plena de Costa Rica en el mercado común
que han establecido es de la mayor urgencia para ampliar dicho mercado a todo el
territorio centroamericano, eimpulsar de esa Manera la integración de sus
economías;
HAN DECIDIDO celebrar el presente Protocolo, a cuyo efecto han designado a sus
respectivos Plenipotenciarios, a saber:
Su Excelencia elseñor Presidente de la República de Guatemala, al señor
Julio Prado García Salas., Ministro de Integración Centroamericana
Su Excelencia el señor Presidente de la República de El Salvador, al señorSalvador Jáuregui, Ministro de Economía; y al señor
Víctor Manuel Cuéllar Ortiz, Representante de El Salvador en el Consejo
Ejecutivo del Tratado General de Integración Económica Centroamericana
SuExcelencia el señor Presidente de la República de Honduras, al señor
Jorge Bueso Arias, Ministro de Economía y Hacienda
Su Excelencia el señor Presidente de la República de Nicaragua, al señor
Juan...
Regístrate para leer el documento completo.