Legislacion Fiscal Gustavo
Concepto
El crédito público es la aptitud política, económica, jurídica y moral de un estado para obtener dinero o bienes en préstamo; empréstito es la operación crediticia concreta mediante lacual el estado obtiene dicho préstamo y deuda pública es la obligación que contrae el estado con los prestamistas como consecuencia del empréstito.
El Crédito Público presencia su Base Legal en laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TITULO VI
Del Sistema Socioeconómico
Capitulo II
Del Régimen Fiscal y Monetario
Sección Primera: Del Régimen presupuestario
Artículo 314. No se haráningún tipo de gastos que no haya sido previsto en la Ley de Presupuesto. Sólo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto para gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulteninsuficientes, siempre que el Tesoro Nacional cuente con recursos para atender a la respectiva erogación; a este efecto, se requerirá previamente el voto favorable del Consejo de Ministros y laautorización de la Asamblea Nacional o, en su efecto, de la Comisión Delegada.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO DESARROLLADAS POR LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS
2.3. Control y Supervisión delas operaciones de crédito público.
La LAF crea la Oficina Nacional de Crédito Público como órgano rector del Sistema de Crédito Público, el cual estará adscrito al Ministerio de Finanzas y tendrácomo función principal asegurar la existencia de políticas de endeudamiento y controlar la programación y utilización de los medios de financiamientos que se obtengan mediante operaciones de créditopúblico (vid. artículo 96). Las atribuciones específicas de dicho órgano se encuentran reguladas en el artículo 96 de la LAF, y por lo que se refiere Estados y Municipios, a éste le corresponde coordinar ydirigir las gestiones necesarias a fin de llevar a cabo la operación de crédito público (Vid. artículo 97).
2.1.- Prohibiciones para las operaciones de crédito público
De conformidad con el...
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