legislacion laboral
Se entiende por extinción del contrato de trabajo a la terminación de la relación laboral, cesando definitivamente las obligaciones a cargo del trabajador y delempleador.
El artículo 16 de la LPCL señala :
1. EL FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR O DEL EMPLEADOR SI ES PERSONA NATURAL
Al ser la prestación de servicios del trabajador de carácter personal, esnatural que al fallecer éste sea imposible que se continúe prestando dichos servicios, por lo que el vínculo laboral se extingue.
El fallecimiento del empleador también extingue la relación laboral,sin perjuicio de que, por común acuerdo con los herederos, el trabajador convenga en permanecer por un breve lapso para efectos de la liquidación del negocio. El plazo convenido no podrá exceder de unaño, debiendo constar por escrito y ser presentado por Autoridad Administrativa de Trabajo para su registro.
2. LA RENUNCIA O RETIRO VOLUNTARIO DEL TRABAJADOR
La renuncia es el acto jurídicounilateral a través del cual el trabajador manifiesta en forma voluntaria su decisión de dar extinguido el contrato de trabajo.
Dar aviso por escrito al empleador con 30 días de anticipación. en esteúltimo caso, la solicitud se entenderá aceptada si no es rechazada por escrito dentro del tercer día.
De dejar de laborar por 3 días o más el trabajador incurrirá en falta grave de abandono de trabajo. 3. LA TERMINACIÓN DE LA OBRA O SERVICIO, EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDICIÓN RESOLUTORIA Y EL VENCIMIENTO DEL PLAZO EN LOS CONTRATOS LEGALMENTE CELEBRADOS BAJO MODALIDAD
permite pactar contratos aplazo fijo a los cuales denomina sujetos a modalidad, excepto los contratos de trabajo intermitentes o de temporada que por su naturaleza puedan ser permanentes.
Pueden celebrar estos contratos lasempresas o entidades privadas, así como las empresas del Estado e Instituciones Públicas.
Modalidades
* Contratos de naturaleza temporal
a. Contrato por inicio de nueva actividad
* Contratos...
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