Legislacion Radioaficionados
DECRETO 0963 de 20 de marzo del 2009
Artículo 2: Por el cual se reglamenta el servicio de radioaficionados
Articulo 2: servicio que será prestado mediantelicencia dada por el ministerio
En lo estipulado en el presente decreto ,
La ley 94 de 1993,
La ley 72 de 1989,
La ley 1900 de 1990
y las normas que modifiquen y aclaren o adicionen, siguiendolos principios contenidos en el código contencioso administrativo.
Articulo 5: licencia de radioaficionados, el servicio de radioaficionado se presta mediante licencia otorgada por el ministerio decomunicaciones, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
Articulo 7: requisitos generales para ser radioaficionado.
Llenar debidamente el formulario, copia del documento de uidentidad, comprobantede consignación al fondo de comunicaciones.
Cabe aclarar que hay varias categorías y vamos a utilizar la mas básica o primaria
Articulo 30: plan nacional de frecuencias de radioaficionados, vhfbanda de (2) metros.
Banda vhf (entrada de repetidoras 146.010-146.970)
Banda vhf (salida de repetidoras 146.610-146.970)
Banda vhf (salida de repetidoras 146.000-146.390)
Articulo 38: potenciasmáximas autorizadas.
Vhf (avanzada) de 100 w pep, estaciones fijas o moviles
Vhf (primera o experto) de 50 w pep, estaciones fijas o moviles
Vhf (segunda o novicio) de 25 w pep, estaciones fijas omoviles
Artículo 49: sanciones decreto 1900 de 1990 sanciones de hasta 1000 salarios mínimos.
Articulo 49: suspensión y decomiso de equipos, cualquier equipo o estación de radioaficionados que operesin autorización previa será considerado como clandestino y el ministerio de comunicaciones y las autoridades militeres y de policía, procederán a suspenderlos y a decomisar los equipos, sin perjuiciode las sanciones de orden administrativas o penal a que hubiese lugar conforme con las normas legales.
Articulo 50: actualización
Articulo 52: el presente articulo rige a partir de la fecha de su...
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