LEgislacion
Universidad de Oriente
Núcleo Sucre-Carúpano
Escuela de Ciencias Sociales
Programa de Gerencia de Recursos Humanos
Asignatura: Legislación Laboral
Profesor: Bachilleres: Alex GonzálezLa Rosa, Ruth
Rodríguez, Aníbal
Rothmirly Serrano
Fiorella Turnes
Dayana Salazar
Carúpano 2013
CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO
Las condiciones generales del trabajo constituyen el conjunto de obligaciones y derechos que seimponen recíprocamente trabajadores y patrones en virtud de sus relaciones de trabajo, en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivos de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo la modalidades expresamenteconsignadas en la ley.
ASPECTOS GENERALES DEL TRABAJO
Los aspectos generales de trabajo, son aquellos que debe cumplir el patrono y el trabajo en conjunto, para que el empleado pueda desarrollarlo de manera eficaz y optima, con la finalidad que los beneficiados sean ambos, tanto en el logro de objetivos. Remuneraciones, entre otros aspectos inmersos en este.
Permitan a los trabajadores sudesarrollo físico y psíquico normal.
Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreación y expación licita.
Presten suficiente protección a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes.
Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias.
JORNADA DE TRABAJO
La jornada de trabajo se establece que es el tiempo durante el cual el trabajadoresta a disposición del patrono y no puede disponer libremente de su actividad y de sus movimientos.
Se considera que el trabajadores está a disposición del patrono desde el momento que llega al lugar donde deba efectuar su trabajo, o donde deba recibir órdenes o instrucciones respecto al trabajo que se ha de efectuar en cada día, hasta que pueda disponer libremente de su tiempo y de suactividad.
DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO
La duración de la jornada de trabajo se encuentra establecida en la LOT, pues ningún patrón puede infringir en ellas, ni mucho menos establecer una jornada a su conveniencia que no esté amparada por las leyes.
TIPOS DE JORNADA DE TRABAJO
Jornada Diurna: entre las 5:00 a.m. y 7:00 p.m. y no podrá exceder las ocho (8) horas diarias, ni de cuarenta(40) horas semanales.
Jornada Nocturna: entre las 7:00 p.m. y 5:00 a.m. y no podrá exceder las siete (7) horas diarias, ni de treinta y cinco (35) horas semanales. Toda prolongación de la jornada nocturna en horario diurno se considerará como una hora nocturna.
Jornada Mixta: comprende periodos de trabajo diurno y nocturno, y no puede ser superior a siete horas y medias (7,5) diarias, ni tetreinta y siete horas y media (37,5) a la semana. Si el periodo nocturno en mayor de cuatro (4) horas, se considerará jornada nocturna en su totalidad.
CLASES DE LA JORNADA DE TRABAJO
Jornada Reducida: Hay trabajadores en los que la jornada es mas reducida debido a una regulación especial como consecuencia de las particulares circunstancias físicas que se ejecutan concretamente el trabajo.Como son:
Trabajos con riesgo de salud para los trabajadores.
Trabajos con cámaras frigoríficas y de la congelación
Trabajos en el interior de las mismas.
Trabajos de construcción y obras públicas.
Otras reducciones de jornadas: guarda legal de hijos o lactancia.
Jornada partida: es como a la mitad de la jornada hay una interrupción del horario del trabajo, por lo menos de una hora...
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