Legislacion
La presente ley promueve y protege la cultura como valor inherente al ser humano, es por ello que el gobierno bolivariano del estado Apure, a través de este instrumento legal busca estimular la creación cultural como una forma de libre expresión; esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica yhumanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El estado Apure como es su deber de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Constitución del Estado Apure, reconocerá, protegerá, fomentará y divulgará toda manifestación artística dentro de la gran diversidad de géneros que posee el pueblo apureño,como parte de las políticas educativas y de formación integral del ser humano.
LEY DE CULTURA DEL ESTADO APURE
TITULO I
Disposiciones Fundamentales
Objeto de la ley
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto normar el ejercicio del fomento y desarrollo de la acción cultural pública en el Estado Apure, de acuerdo a los principios de autonomía de la administración cultural publica y dedemocracia protagónica y participativa expresados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Constitución del Estado Apure y crear el Consejo Autónomo de Cultura del Estado Apure que se identificara por sus siglas CONCEAPURE.
Ámbito de aplicación
Artículo 2.- El Estado Apure reconoce y asume la cultura en todas sus expresiones y manifestaciones, como el fundamento queidentifica, preserva y desarrolla la particularidad, la identidad y la pertenencia consciente del pueblo y su historia.
Definición de cultura
Artículo 3.- En el contexto de la presente Ley, se entiende por cultura
el conjunto de conductas, experiencias, creencias, ideas, mitos, religiones y todo tipo de actividad humana individual, colectiva, espontánea, libre, los rasgos distintivos de una sociedad yde las particularidades que la integran como totalidad histórica, situada en un espacio determinado.
Del derecho a la cultura
Artículo 4.- El derecho a la cultura es inalienable e imprescriptible por lo que todo ciudadano y ciudadana que se encuentre en el territorio Apureña tiene el derecho al acceso, participación, inversión, producción, divulgación, práctica, disfrute, y aprovechamiento dela creación artística, científica, tecnológica y humanística sin discriminación alguna y sin mas limitaciones que las que se derivan del respeto a otros derechos humanos.
Principios
Artículo 5.- El fenómeno a la cultura se regirá por los principios de igualdad, libertad, solidaridad, corresponsabilidad, y justicia y tendrá carácter democrático, participativo y popular.
Participación comunitariaArtículo 6.- Las autoridades en materia de cultura, a través de convenios de concertación, estimularan y coordinaran la participación de de la comunidad en la organización y funcionamiento de las instituciones y centros culturales, así como en la elaboración, ejecución, control y fiscalización de las programas que se ejecuten en materia cultural.
Del fomento y desarrollo
Artículo 7.- El EstadoApure a través del Consejo Autónomo de cultura del Estado Apure en concordancia con las políticas nacionales, fomentara y desarrollara las expresiones creativas y cualquier manifestación cultural como elementos de dialogo, intercambio, participación, tolerancia, democracia y expresión libre del pensamiento.
Artículo 8.- La creación y producción cultural es libre como un acto inherente a lacondición humana.
Del estado como garante del patrimonio cultural
Artículo 9.- El Estado Apure conjuntamente con los organismos competentes, asume la protección, preservación, difusión y desarrollo del patrimonio cultural como expresión de su particularidad, a tal efecto promoverá las condiciones para el desarrollo de los creadores y creadoras, agrupaciones e instituciones culturales y de los...
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