Legislación en la industria del vestido
Introducción
La legislación en la Industria del Vestido perteneciente al área del Derecho existe a través de lo que serían la Protección Intelectual, es decir, protección del bienes tutelares. La Protección Intelectual protege el Derecho de Autor (DA) y la Propiedad Industrial (PI).
DA: Protege OBRAS, tanto su ejecución como su interpretación.(Letras de canciones, música, pinturas, diseños). Este vence pero tras un gran periodo de tiempo, se puede renovar.
INDA- Instituto Nacional de Derechos de Autor.
PI: Protege invenciones, descubrimientos y marcas mediante patentes. Tiene límite de tiempo de explotación por parte del inventor o descubridor, ya que al ser beneficiosos para la humanidad deben de ser compartidas con esta. Encuanto con las marcas, se pueden renovar las patentes.
IMPI- Instituto Mexicano de Propiedad Industrial
OMPI- Organización Mundial de Propiedad Industrial. (Creada en 1967).
Los convenios del DA se crearon en 1883 mientras que los del PI se crearon en 1886. Pero el impulso y la real aplicación de estos fue en la época de la post-guerra.
25/08/10
Avisos Comerciales
Son frases uoraciones que tienen por objeto anunciar al público, establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios para distinguirlos de su misma especie. Ej.
La computadora ahora si es personal- HP
Es la mera neta- Distroller
Es parte de mi vida- Liverpool
Nombres Comerciales
Solo tiene una protección en 1 cierto Estado, en el estado de donde se registra.Denominaciones de Origen
El nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se debe exclusivamente al medio geográfico comprendido en esta los factores naturales y humanos. Este nombre es internacional.
Impedimentos para registrar una marca
Art. 4 de la Ley de Impedimentos de la propiedad industrial:Instituciones jurídicas contrarias a la moral, las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal.
Art. 90
Las figuras o formas tridimensionales y/o dinámicas. Del dominio público
Art. 90
Los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios. Ex. Kleenex
Art. 90
2 medias palabras genéricas: “Bebifrut”
Genéricos con prefijos o sufijos que los hagandistintivos: “Mileche”
Genéricos con aumentativos o diminutivos: “Tortillinas”
Art. 90
Nombres de gente famosa, retratos de una persona. Ej. Frida Kahlo para artesanías
Art. 90
Denominaciones descriptivas. Ej. Crema Suave
Art. 90
Si puedes deformar de términos genéricos: Pinolor
Si puedes poner metáforas de características del producto: Caballo de acero
Si puedes poner características deproductos que no las puedan tener: Muebles Veloz.
Art. 90
Se pueden combinar dos términos descriptivos que tengan distintividad: Chocochoco
Se puede tener términos calificativos con carga valorativa: Fabuloso- detergentes
Art. 90
No se pueden registrar colores, letras y números aislados.
Art. 90
La traducción a otros idiomas, la variación ortográfica caprichosa o la construcciónartificial de palabras no registrables: Chokolate, Invike Nike…
Art. 90
Escudos, banderas, emblemas de paises, municipios, organizaciones, partidos políticos, instituciones guvenrnamentales.
Marca- signo distintivo para distinguir productos o servicios de otros.
Signos distintivos:
Marcas: Se protegen en todo el país x 10 años
Avisos Comerciales: Frases que recuerdan una marcaDenominación de Origen
Nombres Comerciales: Se protege en ciertas áreas geográficas
1-34- productos
35-44- servicios
Explotación de derecho de autor:
Se puede autorizar un tercer explote o utilice su creación, ya sea a título gratuito o a cambio de una remuneración. Esto c llama “cesión”. El autor conserva las facultades del derecho moral sobre la obra. La cesión se puede revocar por el...
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